M. Convivencia.





MANUAL DE CONVIVENCIA


EJE 1: IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.
Capítulo 1: Horizonte institucional.
Artículo1: Misión.
Artículo 2: Visión.
Artículo 3: Filosofía institucional.
Artículo 4: Símbolos de nuestra institución.
Artículo 5: Reseña Histórica del colegio.
Artículo 6: Perfil del estudiante que queremos formar
Artículo 7: Perfil del Docente
Capítulo 2: Definición de Convivencia y Manual de Convivencia.
Artículo 8: Concepción teórica de la convivencia
Artículo 9: ¿Qué es el Manual de Convivencia?
Capítulo 3: Sustento legal.
Artículo 10: Definiciones desde el Decreto recopilatorio 1075 de 2015 y la ley 1620 de 2013.
Artículo 11: Marco legal que soporta el presente Manual.
Artículo 12: Sentencia T-671 DE 2003
Artículo 13:Sentencia de la Corte Constitucional 519 de 1992 y (Sentencia t-767  julio 22 de 2005 )
Artículo 14: valores humanos fundamentales.

EJE2: DERECHOS HUMANOS.
Capítulo 4: De los derechos de los integrantes de la comunidad educativa.
Artículo 15: Derechos de los estudiantes.
Artículo 16: Derechos de los padres de familia.
Artículo 17: Derechos de los empleados públicos.
Capítulo 5: Acuerdos generales de convivencia.

EJE 3: PROCESOS PREVENTIVOS.
Capítulo 6: Atención a población en condición de discapacidad o con talentos excepcionales.
Artículo 18: Compromisos de los Padres de estudiantes en condición de discapacidad.
Artículo 19: Apoyo para comprender la diversidad
Capítulo 7: La prevención de la violencia, el acoso escolar, las conductas suicidas y el consumo de sustancias psicoactivas.
Capítulo 8: Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, Ley 1620 de 2013. Componentes, protocolos.
Capítulo 9: Prevención del riesgo.
Artículo 20: Plan escolar para la Gestión de Riesgos (PEGER).
Artículo 21: Entornos Escolares Seguros
Artículo 22: Pasos Básicos Para La Atención De Accidentes Escolares.
Capítulo 10: Orientación escolar.
Artículo 23: En Primaria:
Artículo 24: En Bachillerato:
Capítulo 11: De la prevención en la salud física y mental.

EJE 4: PROCESOS FORMATIVOS.
Capítulo 12: Proyectos pedagógicos.
Artículo 25: Definición de Formación, procesos formativos.
Artículo 26: De los proyectos formativos o proyectos pedagógicos.
Capítulo 13: de la organización del tiempo y la presentación personal.
Artículo 27: Porte del uniforme.
Artículo 28: horario de entrada y salida de estudiantes.
Artículo 29: de los permisos de estudiantes y presentación de excusas.

EJE 5: PROCESOS DE PARTICIPACIÓN.
Capítulo 14: qué es participación, mecanismos de participación escolar.
Capítulo 15: del Gobierno Escolar.
Capítulo 16: Del Consejo Directivo.
Artículo 30: conformación del Consejo Directivo.
Artículo 31: funciones del Consejo Directivo.
Capítulo 17: de la Rectoría.
Artículo 32: Funciones de la rectoría.
Capítulo 18: Consejo Académico.
Artículo 33, conformación del Consejo Académico.
Artículo 34: Funciones del Consejo Académico.
Artículo 35: Funciones del Comité de Evaluación y Promoción.
Capítulo 19: de la asamblea de docentes.
Capítulo 20: Conformación del Comité de Escolar de Convivencia.
Artículo 36: Funciones del comité escolar de convivencia.
Capítulo 21: del personero(a) estudiantil.
Artículo 37: De la elección del personero (a), requisitos, proceso de elección y revocatoria.
Artículo 38: Revocatoria del personero.
Artículo 39: Funciones del personero(a).
Capítulo 22: Funciones del Representante de Curso.
Capítulo 23: del Consejo Estudiantil.
Artículo 40: De la conformación del Consejo Estudiantil.
Artículo 41: Funciones del Consejo Estudiantil.
Capítulo 24: de la contraloría estudiantil, los cabildantes y vigía ambiental.     
Artículo 42: contraloría estudiantil
Artículo 43: Cabildante estudiantil
Artículo 44: Vigía Ambiental.
Capítulo 25: de la Asamblea General  y el consejo de padres de familia.
Capítulo 26: del liderazgo estudiantil.

EJE 6: DE LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS.
Capítulo 27: Definiciones relacionadas con la resolución de conflictos.
Artículo 45: Definición de Conflicto, el conflicto en la escuela y el aula.
 Capítulo 28: El Proyecto Hermes en la resolución de conflictos.

EJE 7: EL DEBIDO PROCESO Y DE EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS.
Capítulo 29: deberes aplicables a los derechos
Artículo 46: Deberes de los estudiantes.
Capítulo 30: del Debido Proceso.
Artículo 47: Etapas del Debido Proceso
Artículo 48: Instancias de los procesos formativos en el Debido Proceso.
Artículo 49: Procedimiento para Primera Infancia
Artículo 50: Acciones correctivas y restitutivas en las situaciones de tipo I, II y III según el debido Proceso.
Artículo 51: Procedimientos e instancias para garantizar el derecho a la defensa del estudiante en el ámbito convivencial. (Según Ley 1620 de 2013)
Artículo 52: Aplicación de correctivos pedagógicos y disciplinarios:
Artículo 53: Procedimiento para la atención delas faltas leves
Articulo 54 : Correctivo en las faltas Graves:
Articulo 55 : Correctivo en las faltas gravísimas:
Artículo 56: Rutas de atención para las siguientes situaciones especiales.

EJE 8: DEL PROCESO ACADÉMICO.
Capítulo 31: Evaluación de estudiantes: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN (SIE)
Artículo 57: concepción  de  evaluación
Artículo 58. Objetivo general de la  evaluación.
Artículo 59: objetivos específicos de la evaluación.
Artículo 60: Estrategias para la evaluación.
Capítulo 32: criterios  de evaluación y promoción
Artículo 61: Escala de valoración.
Artículo 62: Criterios de evaluación:
Artículo 63: valoración de cada periodo académico
Artículo 64: criterios de promoción.
Artículo 65: promoción anticipada:
Artículo 66: proclamación y graduación de bachilleres.
Artículo 67: las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
Artículo 68: las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
Artículo 69: los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
Artículo 70. Estrategia de apoyo necesaria para resolver inasistencias a las evaluaciones semestrales.
Artículo 71.acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes den cumplimiento a los procesos evaluativos planteados en el Sistema Institucional de Evaluación (sie) en el colegio san josé ied
Capítulo 33: informes académicos.
Artículo 72: la periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
Artículo 73: la estructura de los informes académicos.
Artículo 74: reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
Capítulo 34: Participación de la comunidad en el sistema de Evaluación.
Artículo 75: los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
Artículo 76: reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción
Capítulo 35: Estímulos, proyectos y otros

EJE 9: SERVICIOS INSTITUCIONALES.
Artículo 77: Biblioteca.
Artículo 78, refrigerio escolar.
DIRECTORIO  INTERINSTITUCIONAL.
DIRECTORIO INTERINSTITUCIONAL Localidad 8

El presente documento es producto de la concertación de toda la comunidad escolar y aprobado en consejo directivo.



EJE 1: IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.

Capítulo 1: Horizonte institucional.
Artículo1: Misión.
El Colegio San José es una Institución Educativa Distrital de formación integral incluyente, que desarrolla capacidades desde un enfoque social cognitivo en pro de  una cultura para la paz
Artículo 2: Visión.
En el 2028 el Colegio San José IED está comprometido con el mejoramiento académico en el desarrollo de capacidades por una Cultura para la paz
Artículo 3: Filosofía institucional.
El Colegio San José impulsa una educación liberadora que genera en los estudiantes, procesos de transformación personal, social y cultural, ofreciendo las condiciones necesarias para la adquisición de valores éticos, morales y culturales que les permita formar una conciencia crítica frente al proceso social colombiano y los capacite para expresar acciones concretas, actitudes solidarias y de servicio.
Concibe al estudiante como persona y centro de la acción educativa desde su realidad, por tanto concede importancia prioritaria al estadio de desarrollo en que se encuentra, que le permita un aprendizaje natural a través de sus experiencias vivenciales, actitudes creadoras y la satisfacción de sus inquietudes y necesidades, fundamentado en tres ejes importantes y que son los pilares del conocimiento: Aprender a SER, el cual se centra en la formación de actitudes y valores permitiendo que toda la comunidad educativa construya su proyecto de vida y le posibilite crecer y alcanzar la autonomía y la trascendencia; Aprender a HACER con la búsqueda del desarrollo de habilidades y destrezas que le facilitará innovar, construir, participar y afectar su propio entorno; APRENDER A CONOCER, es decir, desarrollar procesos que le facilite acceder a un conocimiento científico y cultural buscando la verdad a partir de intereses y necesidades del contexto social “motivando su capacidad de asombro” y curiosidad por explorar y comprender el mundo que lo rodea.
El reto de la institución es ofrecer una educación de calidad basada en los lineamientos y políticas estatales al igual que en los intereses y necesidades de los usuarios en este sentido, apoya las prácticas inclusivas como proceso fundamental del compromiso con la superación de las barreras para el acceso, la participación y el aprendizaje de todos los alumnos y alumnas en especial de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad, esto con el fin de consolidar una comunidad escolar acogedora, colaboradora y estimulante en la que cada persona sea valorada, conocedora
de la sociedad, la cultura y la realidad en que vive, y habilitada para enfrentarse con liderazgo frente a los retos del mundo postmoderno.










Artículo 4: Símbolos de nuestra institución.


HIMNO DEL COLEGIO

Letra: Humberto Ospina Curso 9 – 1992.
Música y arreglos: Profesor Darío Alarcón.

Coro:
¡Oh¡ colegio de paz y alegría
Que en tus aulas cosechas virtud,
Explorando con fe y esperanza
El progreso de la juventud.

I
En mi pecho llevo presente,
Con nobleza y acciones de bien
Con honor proclamamos tu nombre
Como miembros de este plantel.

II
Tú, maestro que educas al joven
Das futuro a nuestro país,
Entregando semillas a un pueblo
Siendo fruto de una gran porvenir.

III
¡Oh¡ colegio de paz y alegría
Que en tus aulas cosechas virtud,
Explorando con fe y esperanza
El progreso de la juventud.











Artículo 5: Reseña Histórica del colegio.
La Institución Educativa San José está ubicada en la localidad octava de Kennedy barrio Gran Colombiano, en la calle 42 ª No. 79 D 37 sur, antigua zona de Techo, donde se ubicaba una inmensa ciénaga de nombre aguazaque.
Durante el gobierno del presidente Alberto Lleras Camargo se inaugura el proyecto de vivienda popular y auxilillos para la construcción de escuelas del programa “Alianza para el progreso”; gracias a esto la Institución Educativa Distrital San José se comenzó a construir entre los años 1962 y 1963 bajo la dirección de la señora Alix Zárate de Díaz.
Se inició con los grados de primero a quinto en dos jornadas, en la mañana las niñas y en la tarde los niños, pero sin mobiliario por lo que cada estudiante debería llevar su silla. A finales de 1964 la escuela estaba funcionando con el mobiliario y profesorado completo del Departamento de Cundinamarca. En 1970 el Distrito Especial incorporó los maestros y aumentó la planta física a 14 cursos mixtos, siete en la mañana y siete en la tarde.
En noviembre de 1970 asume la rectoría la señora Ana Sixta Buitrago de Rincón quien otorgó el primer título de Bachiller Académico en 1995, reflejándose así un primer logro de esfuerzo y dedicación del personal docente y administrativo. En el 2001, según las nuevas medidas por parte de la secretaría de educación de fusionar Instituciones, nos unen con la concentración escolar de primaria el Descanso como una sola Institución y así comienza una nueva etapa. En el mismo año se implementó la creación de la Educación preescolar y seis cursos de primaria de 1 a 5 en la jornada de la tarde. A su vez en la jornada de la mañana funcionaba Básica Secundaria y un grado de Media Vocacional Mediante la Resolución 1645 de mayo 24 de 2002 se integra con el CED EL DESCANSO y mediante la Resolución 2435 se adopta el nombre definitivo de INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN JOSÉ, de la Localidad octava (8ª) de Kennedy con el código DIAN 11100113165; en 1996 se logró la aprobación de Media Vocacional (10° y 11°).
En el año 2004, llega a la institución la Señora Rectora Cruz Marleny Mogollón Carvajal quien empieza a desarrollar, junto con directivos, docentes y administrativos, proyectos que impactan  en la comunidad. Ingresan estudiantes en condición de discapacidad desde el año 2004, como respuesta a la solicitud presentada por la SED a los rectores de vincularlos a las instituciones que dirigen, esto teniendo en cuenta el derecho a la educación que tiene cada niño, niña y joven en nuestro país. Se da inicio a las Olimpiadas matemáticas convocando un creciente número de colegios participantes a nivel distrital y departamental, además, se llevan a cabo los foros joserianos de matemáticas con temáticas diferentes para cada año. En el año 2014, Primer puesto en la categoría de ilustración en el concurso leer y escribir 2013-2014 al estudiante Gabriel Stiven Novoa Galindo (orden la merito Don Quijote de la Mancha) Reconocimiento hecho por EL Concejo de Bogotá.  La profesora Marlén Granados recibió Premio de arte

Otra actividad que ha promocionado la imagen del colegio es el festival de Danzas en los años 2009, 2011, 2012 y 2013.
En el 2014 se le anexa a la institución el Jardín ubicado en la zona residencial “Casablanca” denominado como sede C donde se acogen niños del programa de Primera Infancia.
Artículo 6: Perfil del estudiante que queremos formar

El Colegio San José I.E.D. se propone formar un estudiante modelo con unas características específicas, que se deben alcanzar en la medida en que se desarrolle a cabalidad el Proyecto Educativo Institucional.
En consecuencia de lo anterior se definen algunas características DEL DEBER SER que deben identificar o caracterizar al estudiante Joseriano.
1.       Que pueda interpretar los avances de la ciencia y la tecnología a fin de proponer alternativas de mejoramiento de la calidad de vida.
2.       Que busque permanentemente su formación integral, es decir, el crecimiento en su dimensión cognitiva, en el desarrollo de las habilidades, destrezas y talentos, del afecto y valores humanos.
3.       Capaz de desarrollar y proyectar sus competencias laborales, al igual que competencias ciudadanas para vivir y convivir.
4.       Capaz de construir su propio proyecto de vida que responda a las necesidades para mejorar la calidad de vida, desde su hogar, familia y entorno social en general.
5.       Con altos niveles de pertenencia e identidad con los valores institucionales.
6.       Con desarrollo de la conciencia social que le permita participar en acciones comunitarias que contribuyan a resolver problemáticas de su entorno.
7.       Consciente de su responsabilidad en los procesos académicos.
8.       Capaz de aceptar la diferencia y respetar las ideas, argumentos del otro en un diálogo permanente para resolver los conflictos que puedan presentarse en la convivencia escolar.
9.       Capaz de aceptar la diversidad, concebida como un rasgo personal irrenunciable, y como un derecho del individuo que ha de ser contemplado y alentado en todo momento.


Artículo 7: Perfil del Docente

Se definen algunas características del “DEBER SER” que deben identificar o caracterizar al docente Joseriano:
·         Comprometido en la participación y construcción permanente del Proyecto Educativo Institucional.
·         Capaz de trabajar en equipo en búsqueda de la realización de la misión y visión institucional.
·         Consciente de su quehacer como formador y orientador de las capacidades y talentos de sus estudiantes.
·         Autocrítico de sus prácticas y quehacer pedagógicos, comprometido con su autoformación y actualización permanente.
·         Con altos niveles de pertenencia, identidad institucional, reflejados en su cotidianidad laboral.
·         Flexible, con disposición para comprender y dar respuesta a la diversidad de intereses, capacidades, ritmos y necesidades de aprendizaje del alumno.
·         Empoderados en el desarrollo de la investigación, la apropiación de las Tecnologías de la Comunicación (Tics), la innovación pedagógica, la resolución de conflictos y la promoción del respeto por las diferencias y la inclusión.

Capítulo 2: Definición de Convivencia y Manual de Convivencia.
Artículo 8: Concepción teórica de la convivencia
La convivencia es la construcción del sentido comunitario, es asumir relaciones con el otro u otros, reconocerlo con sus necesidades, ilusiones, metas, aspiraciones. Socialmente lo aceptamos y esto constituye las relaciones básicas sobre las que se construye el conglomerado social en el cual está inmerso el respeto y la dignidad; por eso el sentido de la convivencia es el bienestar, la calidad del diario vivir, lo cual está premiado por lo moral, lo ético y lo material. Esto lo logramos a través del ejercicio constante de los valores en los diferentes espacios en los cuales nos movemos y en los diferentes roles que ejecutamos (madres, padres, acudientes, trabajadores, hijos, hijas, esposos, estudiantes).
Artículo 9: ¿Qué es el Manual de Convivencia?
Es un documento que reúne los criterios básicos para favorecer la convivencia armónica y democrática entre todos los miembros de la Comunidad Educativa de conformidad con la ley 115 de 1994, se incluyen reglas acordadas entre todos y para todos.

Capítulo 3: Sustento legal.
Artículo 10: Definiciones desde el Decreto recopilatorio 1075 de 2015 y la ley 1620 de 2013.
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
e. Agresión electrónica. Es toda. acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados [1]

Artículo 11: Marco legal que soporta el presente Manual
Los contenidos básicos contemplados en este Manual se tomaron teniendo en cuenta los preceptos establecidos en:
ü  Constitución Nacional. Donde se plantea el Estado Social de Derecho y el reconocimiento de la diversidad cultural de nuestro país y la pluriformidad de expresiones desde el respeto individual y comunitario; además, se enfatiza el derecho a la educación.
ü  Ley General de Educación 115. Donde se establece la educación como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes (artículo 1).
ü  Ley de Infancia y adolescencia 1098/2006. Que tiene “por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.  Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna” (artículo 1).
ü  Decreto recopilatorio 1075 de 2015.
ü  Derechos Humanos de las Naciones Unidas[2]
ü  Convención sobre los Derechos del Niño por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
ü  Decreto 1290 MEN por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
ü  Ley 1620 de 2013 por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
ü  Decreto 1965 de 2013 para reglamentar la Ley 1620 de 2013.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
ü  ONU Derechos de las Personas con Discapacidad, Artículo 24.
ü  Ley 1618 de 2013 – Artículo 11. El Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con necesidades educativas especiales, fomentando el acceso y la permanencia educativa con calidad, bajo un enfoque basado en la inclusión del servicio educativo.
ü  Decreto 2082 de 1996. Se reglamenta la atención educativa para personas con Limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
ü  Res. 2665 de 2003. Reglamenta Parámetros y criterios para prestación de Servicios a población con necesidades educativas especiales.
ü  Decreto 366 de 2009. Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de la educación inclusiva.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
ü  Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía.
ü   Ley 1581 de 2012 ley de Habeas Data
ü   LEY 1146 DE 2007 prevención de violencia y abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.
ü   

Artículo 12: Sentencia T-671 DE 2003 que afirma: “la educación es un derecho deber en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se compromete a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas…”.

Artículo 13: Sentencia de la Corte Constitucional 519 de 1992 Y (SENTENCIA t-767 de julio 22 de 2005 )que afirma “si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinares y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la Comunidad Educativa e impide al Colegio alcanzar los fines que le son propios”.

Sentencia T-625/13  El deber del núcleo familiar va más allá de asumir la  responsabilidad pecuniaria que exige la prestación del servicio educativo,  sino (i) brindar un acompañamiento ético-moral y espiritual en la formación de los menores de edad, (ii) apoyar las actividades educativas,  didácticas y lúdicas que desarrolle la institución en pro del desarrollo  integral de sus estudiantes, (iii) estar atentos al rendimiento académico y  disciplinario de éste dentro del plantel, (iv) informar de cualquier anomalía  que presente en su conducta a nivel psicológico, emocional o social, y (v)  ejecutar sus deberes de asistencia y apoyo a los menores de edad.

Artículo 14, valores humanos fundamentales. La institución tiene su base, en los valores humanos fundamentales, el respeto por los derechos humanos reconocidos por la Constitución Nacional y la Ley 115, destacándose como valores básicos los siguientes: el respeto, la responsabilidad, la libertad, la tolerancia, la justicia, la honradez, la confianza, el amor, la amistad y la paz.
También, el colegio apuesta por el desarrollo de capacidades ciudadanas que traduzcan estos valores, como: el desarrollo de la identidad, el reconocimiento de la dignidad y los derechos, la promoción de los deberes y el respeto por los derechos de los y las demás, la vivencia en el sentido de la vida, el aprecio y el respeto por el cuerpo y la naturaleza, la generación de espacios y procesos de participación desde el compromiso, y la comprensión y la formación de la sensibilidad y el manejo emocional; esto a través de los temas que los Planes Integrales de Educación para la Ciudadanía y la Convivencia (PIECC) plantean como son: la diversidad y el género, el ambiente, la paz y los derechos humanos, la participación y el Cuidado y el Autocuidado[3]




EJE2: DERECHOS HUMANOS.

Capítulo 4: de los derechos de los integrantes de la comunidad educativa.
Artículo 15: derechos de los estudiantes.
1.       “Los niños, las niñas y los adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución Política y en los tratados internacionales de Derechos Humanos. Forman parte de estas libertades el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal; la libertad de conciencia y de creencias; la libertad de cultos; la libertad de pensamiento; la libertad de locomoción; y la libertad para escoger profesión u oficio”. Artículo 37 de la Ley 1098 de 2006.
2.        A ser respetado en su integridad física, moral, sexual, psicológica y mental.
3.       A no ser discriminado por razones de raza, credo, orientación sexual, o condición económica y/o discapacidad física o mental.
4.       A un ambiente sano en la escuela, con condiciones de dignidad, protección y cuidado.
5.       A la integridad personal, siendo protegido contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico; a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole.
6.       A ser tratado con afabilidad y respeto en igualdad de condiciones y equidad a los demás estudiantes conforme lo establece la Ley de Infancia y adolescencia.
7.       A ser respetado en su nombre, identidad, creencias y orientación sexual; también el estudiante está obligado a respetar los de los demás.
8.       Al debido proceso aplicándosele las garantías en las actuaciones administrativas, académicas y disciplinarias.
9.       A participar en programas y mecanismos de resolución de conflictos.
10.   A ser escuchado.
11.   A presentar solicitudes respetuosamente de forma verbal o escrita, observando el conducto regular, a las instancias correspondientes y oportunas.
12.   A participar en los diferentes órganos del gobierno escolar; comité de convivencia a elegir y ser elegido[4].
13.   A tener acceso a los diferentes servicios y espacios de la institución escolar cumpliendo los requisitos de los mismos.
14.   A participar en actividades académicas, científicas, tecnológicas, culturales, deportivas, artísticas, comunitarias, cumpliendo con la reglamentación y requisitos de las mismas.
15.   A ser apoyado afectiva y efectivamente por sus padres, acudientes y demás familiares en su proceso de formación académica e integral, que le permita cumplir con sus responsabilidades y alcanzar los logros propuestos.
16.   Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.
17.   Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
18.   Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
19.   Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superas sur debilidades en el aprendizaje.

Artículo 16: derechos de los padres de familia.
1.       A conocer la filosofía y los proyectos institucionales consignados en el PEI, el Manual de convivencia, la planeación y el cronograma del colegio; así, como ser informados sobre las actividades y salidas pedagógicas correspondientes a sus hijos o acudidos.
2.       A ser escuchados con respeto y recibir un buen trato de parte de los miembros de la comunidad.
3.       A ser informados de manera oportuna sobre el proceso formativo de la institución y el rendimiento académico y Convivencial de su hijo, hija o acudido.
4.       A ser citado de manera oportuna (Cuanto es el tiempo designado por la institución para ser oportuna) cuando se presente alguna situación académica o Convivencial de su hijo, hija o acudido y participar en el proceso disciplinario de los mismos, opinando sobre las posibles aplicaciones de los correctivos pedagógicos, según el caso y el marco de la ley.
5.       A tener la posibilidad de asistir al aula para acompañar los procesos de su hijo, hija o acudido y aportar a su mejoramiento con la autorización y las indicaciones del profesor de la asignatura.
6.       A participar en los programas de formación de padres que brinde la institución.
7.       A participar en los procesos de resolución de conflictos, cuando se requiera.
8.       A elegir y ser elegido para las organizaciones de padres acorde con la ley: consejo de padres, consejo directivo, comité Escolar de Convivencia.
9.       A participar en la elaboración y actualización del PEI y del Manual de convivencia.
10.   A solicitar y recibir constancias y certificados de estudio acorde con la organización administrativa de la institución.
11.   A solicitar y recibir información oportuna sobre los procesos educativos del colegio.
12.   A hacer los reclamos y expresar su opinión de manera respetuosa y justa dentro de los tiempos fijados por las normas institucionales y legales, usando el conducto regular.
13.   A ser informado sobre los procesos formativos, preventivos y correctivos del colegio.
14.   Conocer el plan curricular y el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
15.   Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
16.   Recibir los informes periódicos de evaluación.
17.   Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.

Artículo 17: derechos de los empleados públicos.
Los docentes, directivos docentes, administrativos y empleados públicos tienen, en nuestra institución, los siguientes derechos:
1.       Todos los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia: fundamentales, sociales y civiles.
2.       Derecho al libre ejercicio de la profesión acorde con el artículo 25 de la Constitución.
3.       Derecho al reconocimiento de su labor y a recibir estímulos conforme a las disposiciones legales o convencionales.
4.       Derecho a tratar y ser tratado con equidad, amabilidad, gentileza, respeto y sin discriminación alguna por razones de religión, sexo, raza, pensamiento político y convicciones personales que no atenten contra los derechos de los demás, reconociendo la dignidad e individualidad propia y la de los demás.
5.       Derecho a la libre expresión acorde con las condiciones de su profesión, cargo, responsabilidad y respeto al derecho de los demás.
6.       Derecho a participar en el gobierno escolar directamente o por medio de sus representantes en los órganos escolares y a ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo de la Institución.
7.       A participar en los procesos de resolución de conflictos, cuando se requiera.
8.       Derecho a elegir y ser elegido para el Consejo Académico en representación de su grado en primera infancia, primaria y de área académica en secundaria, de acuerdo con el procedimiento que para ello definan quienes integran el grado o área.
9.       Derecho a asociarse libremente.
10.   Derecho a recibir un trato justo y respetuoso por parte de los compañeros, padres de familia, personal administrativo, de servicios generales y estudiantes de la institución.
11.   Derecho a citar al padre de familia o acudiente, cuando lo considere necesario, informando oportunamente a la coordinación o a través de la misma.
12.   Derecho a conocer y ser instruido sobre el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, Proyectos y cronograma de la institución.
13.   Derecho a participar en la elaboración del Manual de Convivencia, planes de estudio, planes de mejoramiento y reformulación del PEI. Aportando ideas, debatiendo sugerencias que permitan una mejor marcha de la Institución Educativa.
14.   Derecho a conocer las propuestas curriculares y a participar en los ajustes de las mismas.
15.   Derecho a hacer peticiones, orales o escritas, y a recibir respuesta oportuna a las mismas.
16.   Derecho a recibir oportunamente los materiales e implementos pedagógicos y ayudas didácticas necesarias para dar un buen rendimiento escolar en su área y a tener una institución bien dotada.
17.   Derecho a conocer, opinar, dialogar, proponer y participar activamente en foros, convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales, programados por la Institución Educativa y otras entidades, para mejorar su formación personal, y para mayor integración con la Comunidad Educativa.
18.   Derecho a participar y beneficiarse de los cursos de profesionalización y actualización programados para el mejoramiento de la prestación de su servicio educativo.
19.   Derecho a recibir orientación pedagógica y llevar a cabo las decisiones que adopten los órganos del Gobierno Escolar (académico, disciplinario y administrativo).
20.   Derecho a la intimidad evitando que el personal que labora en la institución dé la información sobre los datos personales, domicilio, teléfono y demás aspectos de la vida personal a estudiante, padres de familia y demás personas que lo soliciten.
21.   Derecho a participar en la toma de decisiones.
22.   Derecho a retirarse del plantel una vez sea cumplida su jornada laboral según  las horas de trabajo estipuladas en el decreto 1850 de agosto 13 de 2002.
23.   Derecho a conformar sindicatos y a participar en actividades sindicales.
24.   Derecho a solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
25.   Derecho a disfrutar de las licencias por enfermedad, calamidad y maternidad de acuerdo con el régimen de seguridad social vigente[5]
26.   Derecho a conocer oportunamente de información que se relacione con la vida institucional de forma especial cuando se trata de eventos que hacen referencia a su trabajo y que pueda afectar su integridad o imagen[6].

Capítulo 5: acuerdos generales de convivencia.
1.       Comprender que todo ser humano, sin excepción, por el simple hecho de serlo, es digno del respeto incondicional de los demás y de sí mismo.
2.       Valorar la vida de las personas.
3.       Reflexionar permanentemente sobre las consecuencias de los actos.
4.       Reconocer que el bien común primo por encima del bien particular.
5.       Atender el cumplimiento perentorio de los deberes y obligaciones.
6.       Entender que la responsabilidad y el respeto son mínimos no negociables.
7.       Promover la participación real, activa y democrática.
8.       Fomentar una cultura de la paz y la solidaridad.
9.       Solucionar pacíficamente los conflictos.
10.   Fomentar la ética del cuidado.
11.   Propender por el cuidado del medio ambiente y el fomento de una cultura ecológica.


EJE 3: PROCESOS PREVENTIVOS.
Capítulo 6: Atención a población en condición de discapacidad o con talentos excepcionales.
Artículo 18: Compromisos de los Padres de estudiantes en condición de discapacidad.
1.       Cumplir con la entrega de remisiones solicitadas por la institución a las entidades médicas para corroborar o actualizar diagnósticos, así como informar sobre reporte emitido.
2.       Presentar constancias al docente de apoyo sobre el seguimiento o tratamiento terapéutico recibido por el estudiante como parte del acompañamiento medico en su desarrollo integral.
3.       Apoyar desde la casa los procesos de desarrollo cognitivo para facilitar el aprendizaje en el aula.

Artículo 19: Apoyo para comprender la diversidad
1.       Desarrollar talleres por periodo con padres, docentes y estudiantes acerca del reconocimiento y manejo de la condición de discapacidad o talento excepcional.
2.       Gestionar la conformación de redes de apoyo socio-familiares y culturales para promover las condiciones necesarias para el desarrollo de procesos formativos que favorezcan la inclusión de personas en condición de discapacidad (Acompañamiento del IDRD, Hospital del Sur, etc).
3.       Establecer encuentros para la comunicación permanente con los docentes de los diferentes niveles y grados que atiendan estudiantes con discapacidad con el fin de garantizar la prestación del servicio educativo adecuado y pertinente.
4.       Hacer seguimiento a los ajustes organizacionales y el tipo de apoyos requerido por los estudiantes en condición de discapacidad o talentos excepcionales en la institución.
5.       La diversidad desde la orientación sexual.

Capítulo 7: La prevención de la violencia, el acoso, ciberacoso, escolar, las conductas suicidas y el consumo de sustancias psicoactivas.
Se realiza la prevención a través de campañas y jornadas publicitarias y de sensibilización, charlas informativas, talleres de formación para estudiantes, docentes y escuela para padres de familia sobre estos temas.
Las campañas se realizan desde las direcciones de grupo, los encuentros de los docentes con los estudiantes en el aula, espacios de capacitación entre docentes y los encuentros con padres madres y acudientes de familia desde el liderazgo de orientación con y coordinación.
Frente al acoso escolar se estimula el fortalecimiento de la autoestima, la colaboración, la tolerancia y el respeto por la diferencia, a través de talleres, charlas, el fortalecimiento de la participación, desde el gobierno escolar y el liderazgo en diferentes procesos, y las asambleas de curso para la discusión , reflexión y el consenso grupal.
El rol del director o directora de grupo incluye la escucha y el diálogo permanente con los estudiantes, sobre todo en sus problemas, así como la observación de su estado de ánimo y disposición para el estudio, para que, junto con los procesos de orientación  y coordinación, en acompañamiento de los padres de familia, mitiguen las posibilidades de acoso escolar y las conductas suicidas.
El colegio desarrolla campañas de prevención del consumo de sustancias psicoactivas, el cigarrillo y el alcohol en la dirección de grupo, de forma visual, en talleres y en conversaciones grupales y personales; son bienvenidos los apoyos de entidades que se encargan de la formación y la prevención de las adiciones y advierten ante a los riesgos que llevan a niños y jóvenes a ser víctimas del consumo y de las bandas de microtráfico; se busca el apoyo de la policía, de bienestar familiar, comisaría de familia y demás, con los presuntos consumidores y expendedores.  La advertencia continua y la conversación con las familias es parte cotidiana del proceso de prevención y corrección de las conductas de los jóvenes presuntamente consumidores.
Capítulo 8: Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, Ley 1620 de 2013. Componentes, protocolos.
De acuerdo con la ley 1620 de 2013 se siguen las instancias y protocolos para el tratamiento de las situaciones (Tipo I, II y III) según el tipo de las mismas: Comité Escolar de Convivencia, Comités Municipales, Distritales y Departamentales y Comité Nacional.
Se establecen acciones de Promoción, prevención, atención y seguimiento de las situaciones, observando medidas pedagógicas y alternativas de solución frente a los problemas que afectan la convivencia de la escuela.
Contra el hostigamiento y la violencia escolar se establece, desde la Secretaría de Educación del Distrito,  buscando garantizar un ambiente de respeto, tranquilidad y seguridad para niñas, niños y jóvenes; tal estrategia está planteada, para la institución en el Proyecto de Orientación. (Ver Proyecto de Orientación).
Se levanta Directorio de otras entidades que apoyan los procesos escolares y ayudan a la restitución de los derechos de los integrantes de la comunidad (Ver Anexo)

Capítulo 9: Prevención del riesgo.

Artículo 20: Plan escolar para la Gestión de Riesgos (PEGER).
Partiendo de los conceptos claves para la Gestión Escolar del Riesgo como:
Sostenibilidad del desarrollo: se entiende como el logro del bienestar de las generaciones actuales y futuras mediante la satisfacción de sus necesidades básicas, teniendo en cuenta el uso racional de la naturaleza y el mantenimiento de un ambiente sano.
El riesgo: se entiende como el conjunto de daños y/o pérdidas sociales, económicas y ambientales que pueden llegar a presentarse en un espacio geográfico y periodo de tiempo determinados.
Factores de riesgo: amenaza, representa por la probabilidad de que un fenómeno se presente con cierta magnitud, en un sitio específico y dentro de un período de tiempo definido. Vulnerabilidad, es la propensión a sufrir daños o pérdidas por los efectos de un fenómeno amenazante.  Emergencia, es un estado de perturbación de las condiciones normales de funcionamiento de la sociedad debido a la ocurrencia o a la inminente ocurrencia de un fenómeno amenazante con el potencial de causar daños y/o pérdidas en la comunidad, los bienes, la infraestructura o los ecosistemas.
La gestión del riesgo hace referencia a un proceso social y político a través del cual la sociedad busca controlar los procesos de creación o construcción de riesgo o disminuir el riesgo existente con la intención de fortalecer los procesos de desarrollo sostenible y la seguridad integral de la población. Es una dimensión de la gestión del desarrollo y de su institucionalidad.

Las líneas de acción de la gestión del riesgo son:
Conocimiento del riesgo.
Intervención del riesgo.
Preparación para la respuesta a emergencias.
Preparación para la recuperación.

Implica la participación del Gobierno escolar con funciones y roles definido. (Ver Proyecto de Emergencias y Plan Escolar para la Gestión del Riesgo)[7].

Artículo 21: Entornos Escolares Seguros
El programa Entornos Escolares Seguros comprende una apuesta por realizar un proceso de diagnóstico sobre todas y caso una de las instituciones escolares desde un análisis por las unidades de planeación zonal (UPZ) en las que se encuentra cada una de ellas para determinar y analizar integralmente las situaciones de convivencia y seguridad escolar que se presentan al interior de las instituciones y en sus entornos.  Posteriormente se realizó el diseño de estrategia que permita tomar decisiones administrativas eficaces y contundentes para garantizar de la mejor manera posible los derechos de las niñas, niños y jóvenes de la capital.  Acuerdo 449 de 2010. La estrategia proporciona a los orientadores elementos para identificación de las características del territorio y de las  dinámicas del centro educativo, de la mano con otros actores (comunicad educativa, direcciones locales y entidades públicas), que forman parte de la red en el tema de convivencia y seguridad, liderando el diseño e implementación de iniciativas para hacer frente a las situaciones de riesgo que allí se presentan.[8] Por lo anterior se hace pertinente capacitar y concientizar a los estudiantes sobre los riesgos que se concentran en su alrededor.

Artículo 22: Pasos Básicos Para La Atención De Accidentes Escolares.
1             Clasifique y evalúe el tipo de accidente con el tipo de urgencia. Esta clasificación la realiza el personal Docente, Administrativo o Directivo formado en primer respondiente, primeros auxilios o integrante del equipo de gestor de Salud al colegio. Si este personal NO SE SIENTE capacitado para realizar la clasificación, comuníquese con la línea 123 para pedir asesoría médica a una ambulancia.
2             Si el estudiante no requiere atención en Salud, realice el procedimiento de la atención básica y regístrelo en el Sistema de Información de Salud al Colegio Registro de Alertas (www.sedbogota.edu.com).
3             Si el accidente requiere de atención es Salud, el primer respondiente o personal capacitado en primeros auxilios presta la primera atención y activa de inmediato la línea 123. Si no hay nadie capacitado active la línea 123.
4             Llame al acudiente y/o familiar para que se presente en el lugar del accidente. Si el acudiente y/o  familiar del/ de la estudiante  no se presente en el lugar del accidente y la línea 123 no confirma que la ambulancia atenderá el caso, evalúe la posibilidad de transportar el/la estudiante accidentado al hospital de la red pública más cercano.
5             Para realizar la atención en salud es necesario presentar en el hospital o centro de salud (IPS), acta y copia del convenio de notificación de accidente escolar, certificado o estado de matrícula del estudiante, fotocopia del documento de Identidad y Carnet de afiliación de la EPS. Los/las estudiantes sin afiliación en salud deben ser atendidos en hospitales y centro de salud públicos para que el convenio ampare los gastos (Convenio 3042 de 2013).
6             Explique al acudiente que, de acuerdo con la urgencia presentada y la condición de aseguramiento en salud, el/la estudiante va a ser llevado a un hospital o centro de salud (IPS) pública o privada para garantizarle la atención en salud.
7             Si el punto de atención más cercano al lugar del accidente es una IPS pública o entidad de la red de hospitales de Distrito (ver directorio Infografía Accidentalidad Escolar), el/la estudiante debe de ser atendido(a) sin necesidad de autorización por parte de la secretaría Distrital de salud. Por el contrario, si el hospital determina que el/la estudiante accidentada(a) debe ser remitido a otro hospital o centro de salud (IPS), el mismo hospital que atiende el caso es el encargado de solicitar la autorización a la EPS y a la Secretaría Distrital de Salud. El número de teléfono de la Secretaria Distrital de Salud al que debe de comunicarse el hospital es 3649090 Ext.9830-9897.
8             Si el hospital o centro de salud privado (IPS privada) a la que está afiliado el/la estudiante accidentada(a), atendió la urgencia y tratamiento derivado del accidente. Esta Institución es la encargada de solicitar la autorización a la Secretaría Distrital de salud para que el convenio 137 de 2005, responda por los copagos o gastos complementarios que se generen por el accidente escolar.
9             Diligencié el Acta de Notificación del Accidente Escolar. Por medio de esta acta el Colegio deja constancia de que el acudiente fue informado de las indicaciones a seguir para el convenio 137 de 2005 cubra los copagos, periodos mínimos de cotización, cuotas moderadas y de recuperación derivados de la atención en salud del accidente escolar.
10           Una vez el colegio atienda el/la estudiante accidentado(a) y entrega la responsabilidad de su cuidado al acudiente o servicio de salud, debe registrar el caso en el Sistema de Información  de Salud al Colegio Registro de Alertas (www.educacionbogota.edu.co)[9].
¡RECUERDE! La Entidad Promotora de Salud (EPS) a la que está afiliado el/la estudiante matriculada(a) con la SED, es la responsable de cubrir los gastos de la atención en salud del accidente, de acuerdo con la reglamentación vigente para el plan obligatorio de Salud (POS) que ampare al estudiante accidentado. El convenio 137 de 2005, cubre los gastos complementarios, tales como periodos mínimos de cotización, cuotas moderadas yd e recuperación, para que los FAMILIARES NO TENGAN QUE PAGAR por gastos adicionales que no ampara la EPS o EPSs.

Capítulo 10: Orientación escolar.
Artículo 23: En Primaria:
Busca ofrecer líneas de acción a la comunidad educativa, en procesos referidos a la prevención, atención y seguimiento que propendan por el desarrollo integral de los y las estudiantes en medio de una sana convivencia donde se desarrollen al máximo sus potencialidades para finalmente llegar a ser seres humanos felices y productivos a la sociedad a la que pertenecen.

Desde unos objetivos Específicos:

-       Realizar   actividades efectivas que permitan fortalecer la vinculación de la familia al proceso de aprendizaje de los estudiantes.
-       Optimizar las rutas interinstitucionales para el abordaje da casos de niños niñas y adolescentes con problemas psicosociales
-       Vincular la gestión interinstitucional al desarrollo de los proyectos propuestos desde el departamento de orientación.  
-       Apoyar el desarrollo de espacios de aprendizaje para toda la comunidad educativa en   contextos escolares.
-       Desarrollar actividades de apoyo docente referidas a las necesidades que ellos manifiesten   para el cumplimiento de sus prácticas educativas.
-       Desarrollar proyectos en el marco de la convivencia y el buen desarrollo de competencias ciudadanas.
-       Prestar apoyo integral en las dificultades en los procesos de aprendizaje que tienen  lugar en el aula.

Artículo 24: En Bachillerato: 
De acuerdo a la pluralidad de características de la población perteneciente a la Institución
Educativa San José, y también obedeciendo a los cambios que se presentan o se van generando  en la comunidad dentro del marco conceptual debe tenerse un paradigma abierto con una  concepción holística que se adapte a las diversas situaciones y que se acople a los miembros  de la institución, de acuerdo a cómo perciben y cómo procesan la información; se tienen en  cuenta los estilos visual, auditivo, kinestésico, así como el desarrollo cerebral completo,  respetando habilidades, destrezas e intereses distintivos y singulares de la personalidad.
Es válido utilizar un bagaje de teorías que pueden adaptarse según el curso o el grupo al que se está orientando, así pues, que el constructivismo, el aprendizaje socio-histórico- cultural de Vigotsky, la epistemología genética de Piaget, el aprendizaje por descubrimiento de
Bruner, el aprendizaje significativo de Ausubel y hasta el modelo de pedagogía conceptual pueden ser tenidos en cuenta.
Desde los siguientes objetivos:
-       Mantener actualizada la caracterización de la población, mediante observaciones, conversaciones y/o encuestas que permitan medir las necesidades de tal manera que lo que se implemente tenga mayor efectividad.
-       Compatibilizar la ruta del Proyecto de Orientación hacia las necesidades de la población, mediante actividades acordes a las características de los miembros de la comunidad educativa en pro de mejorar la calidad de vida de quienes integran la Institución.
-       Gestionar y permitir la colaboración de entidades públicas y privadas que puedan trabajar haciendo acompañamiento a los ideales del proyecto, para nutrir la visión y la intervención de las actividades que se implementen, así como aprovechar recursos y beneficios.
-
De acuerdo a las orientaciones y protocolo del Ministerio de Educación Nacional:
-       Los Docentes Orientadores desarrollan labores profesionales correspondientes al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de acciones de orientación estudiantil tendientes a favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento y a la formación de valores.
-       También corresponde a los Docentes Orientadores cumplir funciones tendientes a favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.
-       Orientación escolar guía la ruta a seguir ante dificultades como: maltrato infantil, maltrato por incumplimiento de responsabilidades por parte de los adultos, víctimas y afectados por el conflicto armado, violencia intrafamiliar, violencia sexual, violencia por género y diversidad, consumo de sustancias psicoactivas, embarazo en adolescentes, hostigamiento escolar, conducta suicida y demás que afecten el desarrollo del estudiante.

Capítulo 11: De la prevención en la salud física y mental.
Se busca la prevención de la violencia y las conductas suicidas reconociendo “las situaciones y conductas asociadas que predispongan la aparición de casos de autoagresión o ideación suicida, con el fin de intervenir oportunamente y ofrecer el manejo adecuado a las situaciones que coloque en peligro la vida y la integridad de los niños, las niñas y los jóvenes”[10].
Se trata de plantear la reflexión y movilizar procesos de participación para responder a los abusos sexuales, el acoso escolar y todo tipo de violencia para construir mecanismos para hacer respetar los derechos de los niños, niñas y jóvenes.   El acompañamiento de Orientación, la dirección de grupo, las jornadas de conciliación, la jornada del Buen Trato y los talleres de formación en la diversidad, la tolerancia y la autoestima son herramientas para ayudar en la consecución del sentido de vida, la resiliencia, el respeto por el otro y la aceptación de la adversidad. También la estrategia RIO, desde el sistema de alertas, establece un camino de atención y acompañamiento de niños, niñas y jóvenes que se encuentren en condición de riesgo frente a este tema.

EJE 4: PROCESOS FORMATIVOS.

Capítulo 12: Proyectos pedagógicos.
Artículo 25: Definición de Formación, procesos formativos.
Formación: “Término derivado del latín formatio, que significa acción o efecto de formar; aplicado al ser humano, significa “desarrollar las capacidades naturales, hacer capaz de alguna función determinada, o generalmente realizar su finalidad de hombre” según Honoré (1980)[11]. Nuestra escuela tiene como objetivo establecer la gestión de procesos que propicien el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes en torno a la generación de proyectos de vida que les permite el conocimiento y la transformación del contexto en el que se encuentran para su realización personal y comunitaria; por tanto, las áreas del conocimiento están complementadas por los diferentes proyectos formativos iluminados desde la ley 115 y el decreto 1860.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
Artículo 26: De los proyectos formativos o proyectos pedagógicos.
Según el artículo 14 del decreto 1860 de 1994,( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015 ) parágrafo 6, se establece dentro del Proyecto Educativo Institucional, hablando de los proyectos pedagógicos: “Las acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el ejercicio de la democracia, para la educación sexual, para el uso del tiempo libre, para el aprovechamiento y conservación del ambiente, y en general, para los valores humanos”.

Según el artículo 36 del Decreto 1860 de 1994 (el Decreto recopilatorio 1075 de 2015 )“El proyecto pedagógico es una  actividad dentro del plan de estudios que de manera planificada ejercita al  educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener  relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno…Los proyectos pedagógicos también podrán estar orientados al diseño y  elaboración de un producto, al aprovechamiento de un material equipo, a la  adquisición de dominio sobre una técnica o tecnología, a la solución de un caso de  la vida académica, social, política o económica y en general, al desarrollo de  intereses de los educandos que promuevan su espíritu investigativo y cualquier  otro propósito que cumpla los fines y objetivos en el proyecto educativo  institucional”.

1.       Proyecto de formación ciudadana y democrática. (Formación ciudadana, derechos humanos).
2.       Proyecto de Educación Sexual.
3.       Proyecto de Recreación y Tiempo libre.
4.       Proyecto Ambiental Escolar. PRAE
5.       Plan de emergencia y Plan Escolar para la Gestión del Riesgo.
6.       Convenio interadministrativo para la prevención y atención de accidentes 3042 de 2013.
7.       Convenio para la atención de accidentes escolares.
8.       Proyecto de Orientación.
9.       Proyecto Nace un lector nace un gran escritor (PILEO)
10.   Proyecto de comunicación y divulgación (emisora, medios impresos, audiovisuales, etc).
11.   Proyecto de Convivencia (Iluminado desde las orientaciones del Planes Integrales de Educación para la Ciudadanía y la Convivencia de la Secretaría de Educación Distrital.  PIECC)
12.   Proyecto Hermes.
13.   La Dirección de grupo. Como estrategia de encuentro, acompañamiento administrativo y seguimiento pedagógico y orientador del docente director (a) de grupo en espacios específicos y durante el desarrollo cotidiano.
14.   Encuentro con los padres de familia: en reunión de entrega de boletines, taller de padres y en los espacios de conversación con el padre de familia o acudiente que se acerca de forma voluntaria o por citación a la institución para dialogar sobre el proceso educativo de su hijo, hija o acudido.
15.   De las cátedras: de estudios afrocolombianos (Decreto 1122 de 1998), cátedra de la paz (Ley 1732 de 2014), De los derechos humanos, de emprendimiento (ley 1014 del 26 de enero de 2006), proyecto educativo institucional y la seguridad vial (decreto 164 de 2007)

Capítulo 13: de la organización del tiempo y la presentación personal.
Artículo 27: Porte del uniforme.( el Decreto recopilatorio 1075 de 2015)
Su porte es de carácter obligatorio y expresa la filiación, el compromiso y la identidad que tienen los estudiantes para con la institución educativa, caracterizándose, además, por su pulcritud, buen porte, excelente presentación y decencia:

1.       El uniforme de diario femenino consta de lo siguiente:
-       Camiseta tipo polo con rayas azul y gris en el cuello (según modelo)
-       Jardinera escocesa a rayas, largo de la falda hasta la rodilla.
-       Saco azul (según modelo)
-       Media pantalón azul oscuro.
-       Zapato negro colegial de amarrar
2.       Deportivo Masculino y Femenino
-       Sudadera según modelo, color y materiales definidos por el colegio. No entubada.
-       Zapatos tenis blanco, cordones blancos
-       Camiseta cuello redondo con vivos azules en el cuello y mangas
3.       El uniforme de diario masculino consta de lo siguiente:
-       Camiseta tipo polo con rayas azul y gris en el cuello (según modelo)
-       Pantalón de dacrón azul oscuro. No entubado.
-       Medias azules
-       Saco azul, según modelo
-       Zapato negro colegial de amarrar

·         Los estudiantes de primera infancia deben portar delantal según modelo y color establecido oficialmente en la institución. El delantal no reemplaza el uniforme.
·         El uniforme de educación física sólo se utilizará el día que corresponda esta clase y a la de educación artística, los demás días deberán presentarse con uniforme de diario.
·         El uniforme de diario y de educación física llevará un escudo superpuesto, distintivo del colegio.
·         La presentación personal de los estudiantes varones deberá ser: cabello corto, sin aretes, ni accesorios que vayan en detrimento del uniforme de la institución.
·         La presentación personal de las estudiantes mujeres deberá ser: sin maquillaje (sombras, delineador, labial, pestañita o esmalte).
·         Con la falda a la altura de la rodilla y sin accesorios (aretes, manillas, collares, etc.), que vayan en detrimento del uniforme de la institución.  (Discutir si quitarlo por falta de exigencia en el tema)
·         Los estudiantes del grado undécimo se graduarán con el uniforme del colegio.
·         La chaqueta de prom para grado once, es opcional, su contratación la hacen los padres de familia, y su modelo avalado por el Consejo directivo; es una sola chaqueta y se usa con el uniforme de diario. No se aprueba chaqueta prom para educación física.
Artículo 28: horario de entrada y salida de estudiantes.
JORNADA Y SEDE
HORARIO
Primaria sede A, jornada Mañana
6:15am – 11:30am
Preescolar sede A, Jornada Mañana
7:00am – 11:00am
Bachillerato Sede A, Jornada Tarde
12:15pm a 6:15pm.
Preescolar sede A, Jornada Tarde
1:00pm a 5:00pm.
Primaria sede B, Jornada Mañana
6:30am a 11:30am.
Preescolar Sede B, Jornada Mañana
7:15am – 11:15am.
Primaria Sede B, Jornada Tarde
12:30pm a 5:30pm
Preescolar Sede B, Jornada Tarde
12:30pm a 4:30pm.
Primera Infancia Sede C, jornada única
7:00am – 1:00pm



Artículo 29: de los permisos de estudiantes y presentación de excusas.
El o la estudiante que necesite salir de la institución por razones médicas o de asuntos familiares debe presentarse a coordinación con el padre de familia o acudiente (que firmó la matrícula) a solicitar el permiso de salida diligenciando el formato de aval; el acudiente debe firmar el permiso en la agenda o cuaderno de comunicación del estudiante y presentarlo en la portería donde se hace la respectiva anotación en la minuta.  El estudiante debe traer la excusa el día siguiente de su ausencia.  Ningún estudiante puede salir de la institución sin la debida autorización.
El estudiante que falte al colegio debe traer excusa médica o del padre de familia, firmada con número de cédula y número de teléfono, el día siguiente a su ausencia o en un plazo máximo tres días hábiles a la ausencia, después del cual no será válida; debe presentar la excusa en coordinación para avalarla y llevarla a los respectivos docentes con los cuales tuvo clase el día o días de la ausencia para que se le reciban los trabajos o se le hagan las evaluaciones del día o días de la falla.  Quien no presente excusa de su ausencia tendrá anotación de ausencia injustificada y no podrá exigir la recepción de trabajo y evaluaciones.

EJE 5: PROCESOS DE PARTICIPACIÓN.
Capítulo 14: qué es participación, mecanismos de participación escolar.
El Ministerio de Educación Nacional (MEN) parte de recordar que la Constitución Política de Colombia de 1991 da a los ciudadanos la posibilidad de participar y faculta a los ciudadanos (art. 270) para intervenir en el control de la gestión pública.
Para el MEN la participación es un proceso social que resulta de la acción intencionada de individuos y grupos en busca de metas específicas; es un proceso de intervención en la vida colectiva para mantener, reformar o transformar los sistemas vigentes de la organización social y política.  La participación la ejercen los ciudadanos porque son poseedores de derechos y deberes y que actúan en función de unos intereses sociales generales (Educación, salud, vivienda, etc.)[12].
Ley 115/94, ley 1860/2016 y ley 1620 de 2013 en todas se habla de la participación de los estudiantes en los asuntos que le sean de su interés y de los cuales puedan ser afectados.  
El Decreto 1860 de 1994 (el Decreto recopilatorio 1075 de 2015 )reglamenta lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 115 de 1994, donde se dispone que “la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidad directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en determinado establecimiento o institución educativa”. 
Está compuesta por:
Los estudiantes matriculados.
Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los matriculados.
Los docentes vinculados que laboren en la institución.
Los directivos docentes y administradores escolares.
Los egresados organizados para participar.
“Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el presente Decreto”.
“Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994”.

Capítulo 15: del Gobierno Escolar.
Conforman el Gobierno escolar el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Rector.
“Los representantes de los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período” (Decreto 1860, art. 20)
Capítulo 16: Del Consejo Directivo.
Artículo 30: conformación del Consejo Directivo.
El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por: 
1.- El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 
2.- Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
 3.- Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 
4.- Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución. 
5.- Un representante de los exalumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
 6.- Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
Artículo 31: funciones del Consejo Directivo.
Las funciones que le compete ejercer al Consejo Directivo, están contempladas en el Decreto 1860, y son entre otras las siguientes:
1.       Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencias de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos.
2.       Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten, entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
3.       Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución.
4.       Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de alumnos nuevos.
5.       Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6.       Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
7.       Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
8.       Repartir equitativamente los rubros presupuestales en exclusión de ninguna de las áreas y/o proyectos.
9.       Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
10.   Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
11.   Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
12.   Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa.
13.   Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
14.   Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
15.   Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
16.   Aprobar el presupuesto de ingreso y gasto de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y darse su propio reglamento.



Capítulo 17: de la Rectoría.
El o la Rector(a) es la primera autoridad administrativa y docente del plantel. Tiene la responsabilidad de lograr la oferta por parte de la institución de los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De él (ella) depende el Coordinador Académico y Disciplinario y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.

Artículo 32: Funciones de la rectoría.

Le corresponde al rector(a) del establecimiento educativo:
1.       Sancionar y licenciar a los estudiantes cuando incurran en faltas muy graves o gravísimas.
2.       Hacer presencia física en todos y cada uno de los actos culturales, sociales y académicos que se realicen en la institución.
3.       Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
4.       Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
5.       Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
6.       Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
7.       Establecer los canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
8.       Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
9.       Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
10.   Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
11.   Promover actividades de beneficio social que vincule al establecimiento en la comunidad local.
12.   Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo, y
13.   Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
14.   Presidir el comité de convivencia escolar.


Capítulo 18: Consejo Académico.
Artículo 33, Conformación del Consejo Académico.

El Consejo Académico está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios (Dec 1860, art. 24); en primera infancia y primaria se elige un representante por grado para el consejo Académico y un delegado de los profesores de apoyo.

Artículo 34: Funciones del Consejo Académico.
El Consejo Académico cumplirá las siguientes funciones:
1.       Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
2.       Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.
3.       Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4.       Participar en la evaluación institucional anual.
5.       Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de la evaluación.
6.       Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

Responsabilidades de la Coordinación Académica
El Coordinador depende el Rector del plantel. Le corresponde la administración académica de la institución y bajo su dependencia están los Jefes de Departamento y, por relación de autoridad funcional, los profesores.
Son funciones del Coordinador Académico:
             Informar oportunamente de las diferentes actividades y decisiones que tengan que ver con el desempeño académico escolar.
             Dar a conocer el plan de trabajo a realizar en el año.
             Participar en el Consejo Académico, en el Comité de Evaluación y Promoción, y en los que sea requerido.
             Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.
             Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
             Organizar a los profesores por departamentos de acuerdo a las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
             Coordinar la acción académica con la administración de estudiantes y profesores.
             Establecer canales y mecanismos de comunicación.
·         Atender, orientar y diligenciar las peticiones, quejas y reclamos de estudiantes y padres de familia concernientes a lo académico.
             Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
             Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar el rendimiento escolar.
             Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los Jefes de Departamento y el Coordinador de Disciplina o Convivencia. Presentarlos al Rector para su aprobación.
             Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
             Administrar el personal a su cargo de acuerdo a las normas vigentes.
             Rendir periódicamente informe al Rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas de su dependencia.
             Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
             Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
             Realizar la inducción a los docentes que se vinculen a la institución.

Funciones del Coordinador de Convivencia
El Coordinador depende del Rector del plantel. Le corresponde la administración de profesores y estudiantes de la Institución.
Son funciones del Coordinador de Convivencia:
             Participar en el Consejo Académico, en el Comité de Convivencia (en caso de ser elegido) y en otros que sea requerido.
·         Dirigir y acompañar la aplicación del conducto regular en situaciones de convivencia.
·         Recibir los reclamos y quejas tanto de padres como de estudiantes concernientes a los procesos convivenciales.
·         Hacer rondas periódicas en el patio y salones para mejorar el funcionamiento del colegio.
             Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.
             Dirigir la planeación y programación de la administración de estudiantes y profesores de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
·         Promover la convivencia incluyente y respetuosa entre los miembros de la comunidad educativa, especialmente entre los estudiantes.
             Organizar las Direcciones de Grupo para que sean las ejecutorias inmediatas de la administración de los educandos.
  Establecer canales y mecanismos de comunicación.
·         Atender, orientar y diligenciar las peticiones, quejas y reclamos de estudiantes y padres de familia concernientes a la convivencia.
·         Velar por la aplicación de los mecanismos de solución pacífica de los conflictos.
             Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
             Administrar el personal a su cargo de acuerdo a las normas vigentes.
             Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
             Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

Artículo 35: Funciones del Comité de Evaluación y Promoción.

1.       El Consejo Académico conformará para cada grado, una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres (3) docentes, un (1) representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el Rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que presenten dificultades.
2.       En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada período escolar se analizarán los casos de educandos con evaluación de Insuficiente o Deficiente en cualquier área y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores u otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo, con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados.
3.       Las comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos, con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipadas. Así mismo, se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior.
4.       Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos.
5.       Fijar criterios para la promoción de los estudiantes en cada una de las áreas, grados y entregar el informe al Consejo Académico.
6.       Valorar los casos persistentes de insuficiente al finalizar el año lectivo.
7.       Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario para cumplir por los estudiantes y así alcanzar los logros académicos.
8.       Hacer seguimiento académico a los estudiantes, especialmente a aquellos que merecen mayor atención y compromiso.
9.       Presentar los nombres de los estudiantes al Consejo Académico, cuando se requiera hacer promociones anticipadas, con los argumentos del caso y definir su promoción.
10.   Definir las situaciones académicas una vez realizadas las actividades complementarias necesarias.
11.   Definir la promoción de los estudiantes que presenten inasistencia superior a la cuarta parte del tiempo total previsto por la ley, para las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudio.
12.   Enviar informes de sus actividades al Consejo Académico.
13.   Informar a la Comunidad Educativa las metas que deben alcanzar en cada grado.

Capítulo 19: de la asamblea de docentes.
Es la reunión de todos los docentes de la institución, quienes se congregan en pleno para discutir asuntos relacionados con la vida del colegio, sindicales o con su ser propio de trabajador; puede ser convocada por las directivas, los representantes sindicales o docentes que propongan asuntos que requieran la participación de todo el cuerpo docente.
Funciones de Docentes
             Elaborar la programación y las actividades del área respectiva.
             Programar, organizar y evaluar los proyectos pedagógicos a su cargo.
             Formar parte activa en la construcción del P.E.I.
             Participar en el desarrollo de actividades complementarias.
             Ejercer su función como director de grado en todos los actos de comunidad y cuando sea requerido.
             Cumplir con los mandatos de la constitución Nacional, las leyes colombianas y los derechos del niño y del hombre inculcando los valores de respeto por los símbolos patrios y de la nacionalidad.
             Presentar todos los documentos necesarios para el ejercicio de la docencia, manteniendo actualizada la hoja de vida en las diferentes instancias administrativas y de control educativo.
             Desempeñar con eficiencia, eficacia, puntualidad sus funciones.
             Conocer, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia.
             Participar en las actividades de planeación, organización, ejecución y evaluación de los procesos pedagógicos, velando por el cumplimiento y el alcance de las metas propuestas.
             Participar activamente en los comités, comisiones o consejos que sea requerido y/o designado aportando sus conocimientos profesionales dentro de un ambiente de respeto, liderazgo y cordialidad.
             Cumplir con la jornada laboral y con la asignación académica y además con las horas que se requieran en la institución, dando cumplimiento al decreto 1850 [UdW1] y en caso de tener que ausentarse presentar el respectivo permiso por escrito a rectoría dejando trabajo planeado o guías para desarrollar por los estudiantes.
             presentar por escrito la justificación de las ausencias cuando no asista o no pueda asistir por caso fortuito o calamidad doméstica.
             Velar por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles, bienes y los recursos de la institución.
             Cumplir con los turnos de disciplina asignados y asumidos con responsabilidad.
             Participar en actos de la comunidad y reuniones programadas por la institución.
             Atender a padres de familia en el espacio que sea conveniente de manera cordial y dándole solución a la situación que se presente.
             responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los documentos, equipos, muebles y bienes confiados a su manejo.
             Colaborar en el análisis y resolución de conflictos de los alumnos.
             Acompañar solidariamente a los estudiantes durante su ingreso, permanencia y salida de la institución, procurando que durante esta convivencia se establezca un ambiente de respeto y de cumplimiento de los deberes y ejercicio de los derechos de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
             Dar a conocer oportunamente a los alumnos la programación del área, asignatura, proyectos, que han sido asignados como también logros, indicadores de logros, metodología, actos o exigencias y criterios de evaluación de los mismos.
             Elaborar las actividades de recuperación o profundización por cada logro propuesto para los respectivos períodos.
             Actualizarse en los campos de la ciencia y actividad pedagógica.
             Mantener buenas relaciones personales con todos los miembros de la comunidad educativa.
             Todos los docentes deben colaborar con la formación del estudiante, cumpliendo los turnos o controles de disciplina, para observar los comportamientos escolares y corregir las actividades no deseables, tomando las acciones pertinentes cuando observe cualquier conducta reprochable, en cualquier zona o momento escolar.
             Elaborar y entregar correcta y oportunamente diligenciadas las planillas, logros, libros, observadores del estudiante, planes de áreas, proyectos y todo lo correspondiente a los procesos educativos de la institución.
             Inculcar en los educandos el amor y los valores históricos y culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios.
             Elaborar los informes descriptivos de los alumnos con sus respectivas valoraciones, haciendo entrega periódica, y al final del año presentar un informe sobre el proceso educativo desarrollado.

Funciones de los jefes de área
             Convocar a los profesores a las reuniones de área.
             Elaborar la agenda de las reuniones de área.
             Realizar la distribución de la carga académica de su área e informar por escrito a la Coordinación Académica.
                Elaborar las actas de cada reunión realizada.
             Coordinar todas las actividades tendientes a la elaboración general del área.
             Elaborar el documento que contenga la programación general del área.
             Organizar el cumplimiento de las  tareas del área de acuerdo con los temas tratados en las reuniones.
             Administrar el archivo de su área.
             Recopilar la programación de actividades de todos los profesores de su área y entregarlas a la Coordinación Académica.
             Desarrollar las actividades contempladas en su plan de trabajo y las horas asignadas en su carga académica.
             Velar por el buen funcionamiento del área.
             Proporcionar un adecuado ambiente de trabajo de su área.

Funciones del  Director o directora de Grupo
Los titulares o directores de grupo son docentes asignados por el Rector o los Directivos Docentes, encargados de la organización curricular, para orientar los procesos académicos y de convivencia escolar, establecer pautas de orientación y seguimiento a los estudiantes de su grupo y establecer nexos de comunicación entre estudiantes, docentes, padres de familia y Directivos Docentes, para generar estrategias conducentes al buen desempeño de los estudiantes asignados a su grupo.
Son funciones de los titulares.
             Ejecutar el programa de inducción de los educandos del grupo confiados a su dirección.
             Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de los efectos causados en los estudiantes.
             Orientar a los educandos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación con los servicios de bienestar.
             Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más adecuadas.
             Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
             Diligenciar el observador del alumno, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo.
             Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
             Rendir periódicamente informe de las actividades y programas relacionados con su cago a los Coordinadores del plantel.
             Entregar los informes académicos y de comportamiento a los padres de familia de acuerdo a las fechas programadas en el Cronograma de Actividades o cuando sean requeridos.
             Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
             Rendir periódicamente informe de las actividades y programas relacionados con su cargo a los Coordinadores del plantel.
             Entregar los informes académicos y de comportamiento a los padres de familia de acuerdo a las fechas programadas en el Cronograma de Actividades o cuando sean requeridos.
             Participar activamente en todas aquellas actividades en donde su grupo esté representado.
             Participar en la función disciplinaria general de los estudiantes y en el momento en que note irregularidades con su grupo deberá comunicarlas a las directivas.
             Cuidar del orden y buena presentación de los estudiantes y aula de clase.
             Estimular entre los estudiantes el sentido estético, cívico, recreativo, cultural, científico, deportivo e higiénico con su grupo.
             Promover la conformación de comités de apoyo a las diferentes actividades a realizar durante el año escolar.
             Informar periódicamente a la Coordinación Académica y padres de familia el rendimiento académico de los estudiantes a su cargo.
             Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia.
             Colaborar con los informes de estadística solicitados.
             Revisar y firmar el control de asistencia de estudiantes.
             Recibir periódicamente del Coordinador las planillas de informes valorativos y entregarlas nuevamente de acuerdo al cronograma establecido.
Velar por la protección de las bases de datos imagen e identidad de su grupo asignado (Ley 1581 de 2012 ley de Habeas Data)

Funciones del docente de apoyo de necesidades educativas especiales
El docente de apoyo de NEE (Necesidades Educativas Especiales), tiene como función facilitar a los estudiantes y demás elementos de la Comunidad Educativa a identificar sus características y necesidades personales y sociales; con el ánimo de apoyar los procesos en sus diferentes niveles, facilitando la atención educativa. Con la adecuación de programaciones curriculares a unos alumnos en concreto propiciando un mejor desempeño de su rendimiento en el ámbito escolar y familiar.
Son sus funciones.
             Participar de los comités de los cuales sean requeridos.
             Participar de las adecuaciones del currículo de los niños de NEE.
             Planear y programar en colaboración con los Coordinadores las actividades de su dependencia, de acuerdo con los criterios establecidos por la dirección del plantel.
             Atender los casos de niños especiales que se presenten en el plantel brindándoles atención oportuna y el seguimiento correspondiente de acuerdo a los lineamientos que establezca la Secretaría de Educación para estos estudiantes.
             Colaborar con los docentes en los diseños los PEP de los niños de NEE.
             Sensibilizar a docentes y demás miembros de la comunidad educativa del manejo de la población de NEE.
             Socializar junto con los Coordinadores en el respectivo manejo y solución problemas de tipo académico y disciplinario.
             Realizar investigaciones tendientes al mejoramiento del proceso educativo.
             Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
Capítulo 20: Conformación del Comité Escolar de Convivencia.
La Ley 1620 del 15 de marzo del 2013, a través de la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, indica que el comité escolar de convivencia estará conformado por:
1.       El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
2.       El personero estudiantil.
3.       El docente con función de orientación.
4.       El coordinador cuando exista este cargo.
5.       El presidente del consejo de padres de familia.
6.       El presidente del consejo de estudiantes.
7.       Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

El comité podrá invitar con voz, pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

Artículo 36: Funciones del comité escolar de convivencia.
Son funciones del comité:
1.             Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2.             Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3.             Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4.             Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5.             Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema.
Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y  la Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Capítulo 21: del personero(a) estudiantil.
Según del artículo 28 del Decreto 1860 de 1994 el personero estudiantil queda instituido como figura de ley encargada de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de convivencia.
Artículo 37: De la elección del personero (a), requisitos, proceso de elección y revocatoria.
El personero será un estudiante del grado 11° elegido mediante elección democrática y participativa por todos los estudiantes del plantel, en votación secreta organizada por el departamento de Ciencias Sociales, Proyecto de Democracia y ciudadanía, que ofrezca la institución.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo (art. 28, D. 1860/94).

Las instituciones establecen los siguientes requisitos para la elección del Personero Estudiantil (art. 28 del D. 1860/94):
1. Debe ser elegido dentro de los treinta (30) días calendario siguiente al de iniciación de clases.
2. El personero estudiantil será un estudiante que curse el grado once (11). Sentencia C 555 de 1994.  Debe tener por lo menos tres (3) años de antigüedad en la institución y durante su permanencia debe hacer cumplido con las normas del manual de convivencia y mantener un buen rendimiento académico.
3. Su ejercicio representativo será de un (1) año lectivo.
4.  La rectoría convocará a todos los estudiantes matriculados para el acto de democracia participativa.
5.  Los profesores del departamento de ciencias sociales organizarán y coadyuvarán la conformación del Consejo Electoral, el cual será la máxima autoridad en este evento institucional.
6. Cada grado elegirá democráticamente un delegado para el Consejo Electoral.
7.  El Consejo Electoral establecerá la reglamentación pertinente para las actividades tales como la figura de la plaza pública, la plataforma política o iniciativas reformadoras.
8.  El Personero Estudiantil será elegido por el sistema de mayoría simple y mediante el voto secreto en tarjetón y con plancha electoral.
9. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

Artículo 38: Revocatoria del (la) personero(a).
Los estudiantes podrán solicitar ante el Consejo Directivo la revocatoria del personero con la firma de un mínimo del 50% más uno de los que participaron en la elección en su jornada siempre y cuando se haga merecedor de las inhabilidades que aparecen en este manual. 
El personero debe tener oportunidad de hacer informe sobre su gestión como parte del debido proceso.
El consejo directivo determina si la revocatoria tiene o no lugar.
En caso de ser revocado el personero sus funciones serán asumidas por el segundo en votación

En caso que el Personero elegido se traslade, se retire de la institución, se le acepte renuncia al cargo o pérdida de investidura asumirá el cargo el estudiante que esté en el segundo renglón de la plancha y así sucesivamente hasta agotar la lista.
Inhabilidades para el ejercicio de sus funciones. Causales para pérdida de investidura: Que el Comité de Convivencia lo encuentre responsable de la comisión de faltas graves y/o gravísimas.
El Personero será suspendido de sus funciones cuando incurra en alguna de las causales de inhabilidad y sus funciones serán asumidas por el segundo en votación de acuerdo con el proceso electoral.
Inhabilidades para ser candidato: Haber sido sancionado por faltas graves, gravísimas o por reiteración de faltas leves en el presente año y los anteriores.
Es requisito para quienes se postulen, participar en todo el proceso y presentar por escrito su plan de trabajo y propuestas acordes con su función de personero, las cuales serán publicadas en el boletín informativo de la institución.
El acompañamiento de todo el proceso y del funcionamiento del personero estudiantil corresponde a los profesores en general y particularmente a los profesores del departamento de ciencias sociales.

Artículo 39: Funciones del personero(a).
1.       Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles consagrados en la Constitución Política, en las leyes y Decretos vigentes.
2.       Recibir y evaluar los reclamos presentados por los alumnos sobre lesiones a sus derechos y las formuladas por cualquier persona de la comunidad, por incumplimiento de los deberes de los estudiantes.
3.       Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando lo requieran.
4.       Apelar ante el Consejo Directivo sus decisiones respecto a las peticiones presentadas por los estudiantes.
5.       Fiscalizar las reuniones del Consejo Estudiantil.
6.       Asistir a las reuniones del Comité de Convivencia con voz y voto.
7.       Rendir informe bien sea al Consejo Estudiantil, al Consejo Directivo, de los aspectos negativos y positivos que merezcan tener en cuenta para la formación de la comunidad.
8.       Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo Estudiantil.
9.       Rendir informe de su gestión y acompañar al consejo estudiantil en la evaluación de su trabajo.

Capítulo 22: Funciones del (la) Representante de Curso.

El representante del curso en el Consejo de Estudiantes y vocero de sus compañeros de aula, elegido democráticamente en cada curso en la segunda semana de clases del año lectivo.

Son funciones del representante de curso:
1.       Colaborar con el director de curso en la administración del grupo en todos los aspectos.
2.       Controlar a los alumnos del curso para permanecer en el sitio correspondiente a las actividades desarrolladas.
3.       Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo, cumplimiento de sus funciones y buena marcha del curso.
4.       Reportar al director de curso y a los profesores la ausencia de sus compañeros.
5.       Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios y actitudes que lesionen a la persona para pretender una educación integral.
6.       Llevar la vocería de sus compañeros ante el director de curso, profesores, comités y representantes de los estudiantes.
7.       Representar el grupo en el Consejo de Estudiantes.
Parágrafo: Revocatoria de mandato
Si el representante de los estudiantes no cumple con sus funciones o tiene comportamientos inadecuados, será revelado del cargo a través del Consejo de Estudiantes.
Si se trata del personero, será relevado a través del Consejo Estudiantil, previo plebiscito en cada grado.

Capítulo 23: del Consejo Estudiantil.
Artículo 40: De la conformación del Consejo Estudiantil.
En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha, dentro de las cuatro (4) primeras semanas del calendario académico, sendas, integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan asambleas en su seno, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
Los alumnos de nivel pre-escolar y los tres (3) primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Artículo 41: Funciones del Consejo Estudiantil.
1.       Tener su propia organización interna.
2.       Elegir entre los estudiantes del grado 11° el representante al Consejo Directivo.
3.       Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presente iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4.       Promover actividades y proyectos que tiendan a cualificar el mejoramiento institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil, tales como encuesta, periódicos y murales.
5.       Representar a la institución en encuentros interinstitucionales y locales.
6.       Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas al equipo del proyecto de democracia cuando sean requeridas.
7.       Revocar el mandato del representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, cuando sea el caso.
8.       Revocar el mandato del personero estudiantil, previo plebiscito en cada uno de los grados.
9.       Parágrafo:
   
Para los numerales 7 y 8 se recomienda al Consejo de Estudiantes asesorarse de los Directivos Docentes y de los docentes del Área de Ciencias Sociales.

Capítulo 24: de la contraloría estudiantil, los cabildantes y vigía ambiental.     
Artículo 42: contraloría estudiantil
Están compuestas por el/a contralor/a estudiantil, el/la vice contralor/a estudiantil y el Comité estudiantil de control social.
¿Quién puede ser el/la contralor/a estudiantil?
Estudiantes que cursen entre 6 y 11 grado de acuerdo con la estructura del colegio.
¿Y vice contralor/a?
• La o el estudiante que obtenga la segunda mejor votación.
¿Y el Comité de control social?
• Lo componen los delegados de grados 6 a 11 según la estructura de cada colegio.
¿Qué hace la contraloría estudiantil?
• Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría de Bogotá D.C.
• Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, con el apoyo de la Contraloría de Bogotá D.C.
• Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la ciudad.
• Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación.
• Presentar a la Contraloría de Bogotá las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, en relación al uso de los recursos y bienes públicos de la institución educativa a la que pertenecen.

Artículo 43: Cabildante estudiantil
Puede ser elegida/o como cabildante:
Estudiantes delegados de los colegios a la Mesa Local de estudiantes.
¿Qué hacen las y los cabildantes estudiantiles?
Representar a los niños, niñas y jóvenes de su localidad ante entidades como el Concejo de Bogotá, las Juntas Administradoras Locales y todas aquellas que inciden en el desarrollo de su vida como ciudadano para proponer, discutir y pronunciarse, sobre las problemáticas de su localidad[13].

Artículo 44: Vigía Ambiental.
Según el Acuerdo 166 de 2005 se crea el Comité ambiental escolar en los colegios de Bogotá; todos los cursos tienen un vigía ambiental escolar que será veedor ambiental del colegio.
Capítulo 25: de la Asamblea General y el consejo de padres de familia.
“El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación.
La junta directiva de la asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros treinta días calendario siguientes al de la iniciación de clases del período  lectivo anual, a sendas  asambleas  de los padres de familia de los alumnos de  cada grado, en las cuales se elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de  ellos como su vocero. La elección se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la
Asamblea” (Dec 1860, art. 31).

Se elige para el consejo de padres, dos padres representantes por curso de primera infancia a once.
Capítulo 26: del liderazgo estudiantil.
El liderazgo es entendido como el empoderamiento personal y colectivo del desarrollo de los procesos que permiten, a todos los integrantes de la comunidad, el bienestar integral desde el cumplimiento de los deberes y el respeto por los derechos.
Los estudiantes de la institución están invitados a desarrollar y expresar sus talentos y habilidades académicas, culturales, deportivas, de trascendencia social y compromiso comunitario, a través de la participación en los eventos organizados desde los diversos proyectos y especificados en la planeación y organización; se promueve el liderazgo desde la mediación en la resolución de conflictos, el compromiso en el aprendizaje y los resultados en las evaluaciones internas y externas, la participación recreativa y deportiva, la generación de una cultura ecológica, el desarrollo del bienestar estudiantil psicológico y corporal, y la solidaridad y la colaboración en el bienestar comunitario.  El liderazgo es entendido como el empoderamiento personal y colectivo del desarrollo de los procesos que permiten, a todos los integrantes de la comunidad, el bienestar integral desde el cumplimiento de los deberes y el respeto por los derechos.

EJE 6: DE LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS.
Capítulo 27: Definiciones relacionadas con la resolución de conflictos.
Artículo 45: Definición de Conflicto, el conflicto en la escuela y el aula.
“los conflictos son situaciones en las que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo porque sus posiciones, intereses, necesidades, deseos o valores son incompatibles, o son percibidos como incompatibles, donde juegan un papel muy importante las emociones y sentimientos, y donde la relación entre las partes en conflicto puede salir robustecida o deteriorada en función de cómo sea el proceso de
 resolución de conflicto”[14].
En la escuela se presentan diferentes formas de conflicto manifestado en agresiones físicas, verbales, acoso escolar o bullying y ciberbullying. Los conflictos se presentan generalmente entre estudiantes, pero también afecta a docentes y, muchas veces, involucra a padres de familia; directivos u parte administrativa  por ello se reconoce que los actores que participan en la solución de conflictos acompañan procesos entre estudiantes – estudiantes, estudiantes – docentes, docentes – docentes, docentes – padres de familia y docentes – directivas docentes.  

Capítulo 28: El Proyecto Hermes en la resolución de conflictos.
Es un programa diseñado por la Cámara de Comercio de Bogotá que cuenta con el apoyo del Ministerio de Educación y la Secretaría de Educación para transformar la convivencia de las instituciones escolares en busca de una cultura de la paz y la reconciliación, donde se implementan mecanismos de resolución de conflictos con la participación y liderazgo de estudiantes y profesores como mediadores, a través de diversas actividades propias del proyecto; se cuenta con la formación y el acompañamiento de la Cámara de Comercio (Ver Proyecto
Además de lo anterior, los padres y acudientes de los niños de Necesidades Especiales deben:
1.       Contar con el apoyo de la EPS para atender a las necesidades competentes al sector salud cuando el estudiante lo requiera.
2.       Cumplir con la entrega de remisiones solicitadas a las entidades médicas para actualizar diagnósticos y/ asistir a apoyo terapéutico correspondiente.
3.       Informar periódicamente al docente de apoyo sobre el tratamiento terapéutico recibido por el estudiante como parte del acompañamiento a su proceso escolar.

EJE 7: EL DEBIDO PROCESO Y DE EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS.

Capítulo 29: deberes aplicables a los derechos

Artículo 46: Deberes de los estudiantes:

1.       Cumplir con la Constitución, la ley, el Manual de Convivencia y demás normas legales e institucionales vigentes.
2.       Conocer y vivenciar la filosofía, misión y visión de la institución.
3.       Actuar con sentido de pertenencia y lealtad a la institución y evitar comentarios o comportamientos que atenten contra la imagen y el prestigio de la misma.
4.       Aceptar y respetar la pluralidad de ideas, así como las decisiones tomadas en consenso.
5.       Utilizar la vía de la concertación para resolver las situaciones de conflicto que se le presenten.
6.       Respetar la honra y bienes de los integrantes de la Comunidad Educativa.
7.       Practicar los acuerdos de la convivencia evitando la agresión física y psicológica en las relaciones interpersonales.
8.       No admitir la presencia de la estudiante – madre con su hijo en las aulas u otras dependencias de la institución educativa por razones de prevención y salubridad del bebé.
9.       La estudiante madre tiene la obligación de cumplir el tiempo que el médico determine para su recuperación post-parto. El colegio no se hace responsable de las consecuencias por el no acatamiento de esta norma.
10.   Regular el uso de celular, o aparatos electrónicos, en el salón de clase y en actividades de carácter institucional. La institución no se hace responsable por la pérdida de los mismos.
11.   Contribuir con el aseo y conservación de todas las dependencias, muebles y enseres de la institución, darles buen uso y responder por los daños causados.
12.   Cuidar el ambiente, recursos naturales, los elementos de uso colectivo y demás bienes públicos, pues su conservación es responsabilidad de todos.
13.   Asistir de manera puntual y continua a todas las clases y actividades programadas según horario institucional.
14.   Permanecer dentro de la institución durante la jornada escolar.
15.   Entrar y salir de la institución por los sitios y procedimientos autorizados para tal fin y en el horario establecido.
16.   Usar los uniformes según modelo oficial del Colegio de acuerdo a las exigencias de las actividades a desarrollar: diario y educación física.
17.   Portar el carné estudiantil dentro de la institución y presentarlo cuando sea requerido por la autoridad competente; es indispensable el porte del carné de LA EPS O SISBÉN al cual se encuentre afiliado, además del documento de identidad para situaciones excepcionales.
18.   Participar en los actos cívicos y culturales exaltando los símbolos patrios e interpretando con orgullo nacional el Himno Nacional de la República de Colombia, Bogotá e institucional en todos los actos comunitarios.
19.   Respetar las creencias religiosas y la libertad de culto.
20.   Ofrecer trato amable y fraterno a directivos, profesores, padres de familia, empleados y compañeros.
21.   Expresar las ideas, objeciones y opiniones de forma clara, serena y respetuosa.
22.   Evitar manifestaciones sexuales íntimas, irrespetuosas y exhibicionistas o juegos de esta naturaleza dentro del plantel.
23.   Cumplir los compromisos suscritos con las diferentes instancias de la institución señalados en el contrato de matrícula.
24.   Cumplir con las normas elementales de higiene que exigen vivir en comunidad.
25.   Cumplir con las normas e indicaciones para la prevención de desastres y seguridad social.
26.   Informar sobre atropellos e incumplimientos a las normas contempladas en este manual a fin de restablecer los derechos.
27.   Traer útiles, materiales e implementos requeridos para el normal desarrollo de las diferentes disciplinas.
28.   Informar y entregar oportunamente las citaciones y circulares al padre de familia o acudiente.
29.   Acoger el conducto regular para las reclamaciones de carácter académico y de convivencia.
30.   Cumplir con las tareas, los trabajos, talleres y/o evaluaciones asignadas por los docentes en las fechas y condiciones establecidas.
31.   Consumir el refrigerio escolar garantizando el orden y aseo en lugares asignados para tal fin según el protocolo establecido.
32.   No portar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos  u otras sustancias tóxicas y/o psicoactivas.
33.   Informar a las autoridades escolares respectivas las anormalidades, transgresiones, accidentes o incidentes que sucedan dentro de la institución y por fuera cuando afecten a los integrantes de la comunidad educativa.
34.   Presentarse a las evaluaciones de recuperación, y nivelación en los horarios programados, con la debida preparación.
35.   No portar armas blancas o de fuego ni ningún elemento corto punzante; tampoco juguetes bélicos o elementos con los que pueda hacerse daño o agredir a otro integrante de la comunidad (pistolas de balines, espadas plásticas, caucheras, fósforos o pólvora, etc.).
36.   Velar por el cuidado personal y de higiene que le permita vivir en comunidad.

Capítulo 30: del Debido Proceso.
Artículo 47: Etapas del Debido Proceso
La definición de etapas constituye el núcleo central del debido proceso. En cada una de ellas, se definen tiempos, instancias competentes y procedimientos específicos de actuación. Es necesario dejar actas u otro tipo de evidencia documental en cada una de ellas. Estas etapas se pueden organizar de la siguiente manera:
Iniciación: Es la etapa previa o indagación preliminar la cual tiene por objeto establecer si existen méritos para iniciar la investigación. Se entiende que antes de iniciada la investigación el colegio ha ejercido su papel de formador mediante el trabajo pedagógico con el estudiante, debidamente documentado a través de actas u otros registros derivados de las acciones llevadas a cabo por la orientación escolar, el comité de convivencia, las comisiones de evaluación y promoción y demás instancias institucionales que guarden relación directa con el proceso formativo del estudiante.
Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que comprometen al estudiante, la instancia competente le comunica por escrito, con los fundamentos de hecho y derecho: conductas violatorias al Manual de Convivencia, pruebas consideradas pertinentes y plazos para presentar los descargos. Al estudiante se le notifica la apertura del proceso.
Etapa probatoria: En ésta, las instancias competentes, analizan el caso, mediante el recurso de la prueba. El estudiante implicado hace uso de la defensa, acompañado por sus padres o representantes legales, es oído en descargos y puede solicitar las pruebas que considere convenientes. También puede aceptar los cargos tal como han sido formulados. Esta etapa puede durar una o más sesiones, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja la correspondiente acta
Fallo: Luego de la etapa probatoria, la instancia competente toma la decisión, la cual puede ser exoneración o sanción. Si se exonera, se archiva el caso. Si se aplica sanción, ésta debe estar tipificada en el Manual de Convivencia, notificársele al estudiante indicándole los recursos a que tiene derecho. El fallo puede realizarse en la misma sesión de la etapa probatoria o en sesión independiente, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja el acta correspondiente.
Recursos: El estudiante tiene derecho a los recursos de ley: el de reposición ante la instancia que le aplicó la sanción y el de apelación ante una instancia superior, debidamente definida en el Manual de Convivencia. En la solución de los recursos, la instancia competente puede exonerar, mantener la sanción al estudiante o disminuirla, dependiendo de los argumentos presentados por el estudiante y del análisis que de ellos se efectúe. De lo actuado se deja constancia en acta.
Aplicación de la sanción: Solo después de resueltos los recursos se aplica la sanción al estudiante, por la instancia competente definida en el Manual de Convivencia. Aunque se trata de un proceso disciplinario, es importante hacer notar al estudiante que la sanción, también constituye una acción formativa de la institución educativa[15].

Artículo 48: Instancias de los procesos formativos en el Debido Proceso.  Conducto regular
En lo Académico
1.       Profesor de la asignatura: el estudiante podrá dialogar con el docente de la asignatura y solicitar verbalmente correcciones de notas, evaluaciones, recuperaciones, etc., esto deberá quedar consignado en el Observador del Alumno y de igual forma de parte del docente al alumno.
2.       Director de curso: cuando se ha agotado la primera instancia insatisfactoriamente para alguna de las dos partes, el estudiante o el docente podrán presentar reclamo verbal al Director de Curso para la revisión de su caso y seguimiento en el Observador del Alumno.
3.       Coordinación Académica: el estudiante o el docente podrán pasar solicitud verbal o escrita al Coordinador Académico para la revisión del caso, si no han obtenido respuesta satisfactoria a su petición.
4.       La Coordinación Académica podrá remitir a Orientación el caso cuando lo considere oportuno, quien deberá emitir concepto, el cual hará parte del debido proceso, así como el seguimiento que la orientadora haga del caso.
5.       Una vez evaluado el proceso del estudiante por Orientación, el caso volverá a Coordinación Académica, el Coordinador podrá remitir el caso a Consejo Directivo.
6.       En Consejo Directivo se determinará la solución definitiva al caso de acuerdo a la evaluación que se haga, revisando el proceso en su totalidad.
7.       Este proceso se tiene en cuenta también para los niños del Programa de Inclusión.

En lo Convivencial
1.       Cuando el conflicto se da entre dos o más estudiantes después de ser atendidos por el profesor o el Director de Curso, se debe recurrir a las mesas de diálogos, cuando la falta sea de tipo I.
2.       Mesas de diálogo de estudiantes del curso, para resolver casos de convivencia de tipo I.
3.       Otra instancia es la conciliación de los estudiantes del Proyecto Hermes.
4.       Consejo de Estudiantes conformado por el representante de cada curso para propiciar alternativas de solución a las situaciones de tipo I pero que presenten alguna complejidad.
5.       Profesor que atendió alguna situación con su correspondiente anotación en el Observador del Alumno o citación a padre si la situación lo amerita.
6.       Director de Curso, quien actuará como mediador para conflictos entre docentes y estudiante, y, llevará el seguimiento en el Observador del Alumno y citará acudiente si el caso lo amerita.
7.       Al Coordinador de Convivencia se remitirán los estudiantes que luego del seguimiento realizado por el profesor que atendió la situación, el Director de Curso y orientación escolar, no cumplan los acuerdos y compromisos pactados.
8.        Si el Coordinador o el Director de Grupo consideran, podrán remitir el caso a Orientación; la orientadora hará la correspondiente citación, trabajará con el padre de familia y estudiante, y hará un dictamen que se registrará en el observador del alumno, junto con las acciones (remisiones a otras entidades), que se consideren necesarias para la resolución del conflicto o el caso.
9.       Una vez realizadas las acciones de orientación y en caso de persistir la dificultad después de dar los tiempos prudentes, el caso volverá a Coordinación para ser evaluado y si persiste la situación o es reiterativa el Coordinador remitirá el caso a Comité de Convivencia. (Casos de acoso ciberacoso o vulneración de derechos).  
10.   El Comité de Convivencia tomará las acciones que considere pertinentes para la solución de los conflictos y si la falta persiste remitirá a Rectoría.
11.   Rectoría determinará la resolución final del conflicto asesorada por el Consejo Directivo.

Faltas contra los integrantes de la comunidad educativa y la convivencia.

Faltas Leves

1.       Inasistencia injustificada al colegio.
2.       Presentarse sin libros, cuadernos y demás útiles escolares  necesarios para las clases, talleres o actividades programadas.
3.       Llegar 3 veces tarde a la institución de manera injustificada.
4.       Llegar 3 veces tarde a clase.
5.       No ingresar a las clases encontrándose dentro de la institución.
6.       Generación de ambientes no saludables en los salones de clase (contaminación auditiva, visual y olfativa).
7.       No usar el uniforme completo tal como está establecido en el presente Manual de Convivencia.
8.       Facilitar prendas del uniforme de diario o Educación Física a otro compañero/a con el fin de que éste/a pueda ingresar al colegio.
9.       Descuido en la presentación e higiene personal.
10.   Masticar chicles o ingerir otro tipo de alimentos en el salón de clase o en actos comunitarios.
11.   Vender artículos comestibles dentro del colegio, sin permiso de ninguna de las autoridades de la institución.
12.   Interrupción de las clases, sin ninguna causa justificada.
13.   utilizar elementos distractores en las diferentes actividades que se realicen en la institución, como: Celulares, Radios, IPOD, audífono, Reproductores y otros; es de aclarar que la responsabilidad de estos elementos en caso de pérdida queda bajo la tutoría de los padres de familia y de los estudiantes, ya que la institución no asume ningún tipo de compromiso sobre ello.
14.   Arrojar basura, papeles u otros residuos al piso del salón, o en cualquier otro sitio de la institución.
15.   Irrespeto a los símbolos patrios, religiosos o de la institución.
16.   Hablar mal del colegio o realizar cualquier actuación que atente contra su nombre y prestigio.
17.   Uso inadecuado (regar papeles, hacer necesidades fisiológicas fuera de los depósitos del baño, en el patio o salones, escupir en el piso, regar agua en los pisos, pintar letreros o dibujos de cualquier tipo en las paredes, realizar manifestaciones amorosas íntimas) de los baños, patios y salones.
18.   No realizar las actividades académicas en la jornada escolar.
19.   Realizar demostraciones amorosas de parejas, íntimas, obscenas, dentro de cualquier espacio del colegio en forma pública o privada.
20.   No dar aviso oportuno al acudiente de las citaciones hechas por los directivos, docentes y Orientación Escolar.
21.   Desinformar al acudiente las comunicaciones enviadas por el colegio.
22.   No dar excusas oportunamente de las inasistencias.
23.   Juego brusco y No seguimiento de normas.
24.   En los casos de estudiantes en condición de discapacidad, no cumplir con el seguimiento médico o terapéutico necesario para su desarrollo integral.
25.   Llamar con apodos o sobrenombres a compañeros o a cualquier integrante de la comunidad.
26.   Participar en alentar enfrentamientos y peleas entre compañeros dentro y fuera del colegio.
27.   La recurrencia en las faltas leves será asumida como falta Tipo grave.
28.   Uso de balones en los salones, pasillos y balcones del colegio.
29.   Usar prendas que no sean del uniforme en el colegio.
30.   Estar por fuera del salón sin justificación.
31.   Fomentar la indisciplina en las clases de tal manera que entorpezca el desarrollo normal de la misma.

Faltas Graves

1.       Entrar o salir del colegio en hora y/o fechas distintas a las establecidas, excepto cuando se programen actividades especiales y medie autorización escrita por un funcionario competente.
2.       Ingresar a las diferentes dependencias administrativas sin permiso y en ausencia del respectivo funcionario responsable de la dependencia.
3.       Alterar, adulterar, falsificar documentos o firmas.
4.       Realizar actividades de recaudación de fondos sin autorización de las directivas del plantel.
5.       Ingresar al salón sin la debida autorización (docente-coordinador-rectoría), luego de haber llegado tarde, y/o en el momento de su descanso (recreo) o actividades culturales.
6.       Ingresar o salir del colegio saltando el muro o la malla que lo rodea.
7.       Escribir en las paredes, puertas, ventanas, baños, pupitres o en cualquier lugar de la institución, mensajes o símbolos que degraden o vayan en contra de la dignidad y el respeto de compañeros y cualquier otro integrante de la comunidad.
8.       Emitir de forma oral y/o escrita expresiones de discriminación, humillación o desprecio por algún o varios integrantes de la comunidad en razón de sus creencias, forma de pensar, tendencias sexuales, etc.
9.       Destruir las evaluaciones, trabajos, cuadernos o cualquier otro documento como acto de desafío hacia sus compañeros o docentes.
10.   Emplear consignas antideportivas y anticulturales que ofendan al adversario y perjudiquen el desarrollo de una actividad.
11.   Destruir o dañar deliberadamente objetos ajenos.
12.   Agredir físicamente o pelearse con un miembro de la comunidad educativa sin causar daños al cuerpo o a la salud o sin generar incapacidad para la persona afectada.
13.   Engañar a los padres o acudientes haciendo creer que están en el colegio cuando en realidad no lo están.
14.   Actitud alevosa, desafiante, rebelde o insultante ante las orientaciones de los docentes, directivos o compañeros.
15.   Agredir verbal o psicológicamente con lenguaje soez, a cualquier persona de la institución o a quien se encuentre de visita en ella.
16.   Ser causante de acoso escolar, bullying o ciberbullying (a través de cualquier medio electrónico como Facebook, chat, página web, etc.), de forma individual o en grupo, que no se constituya en un delito.
17.   Inventar o generar chismes que atenten contra la fama, honra y buen nombre de algún miembro de la comunidad.
18.   Ingresar al salón habiendo sido sancionado.
19.   Trato irrespetuoso (burlas, bromas, apodos), a compañeros y docentes de cualquier nivel.
20.   Atender personas conocidas o extrañas desde los muros del Colegio.
21.   Traer una persona distinta al acudiente o al padre cuando se le cita acudiente. Facilitar el ingreso al colegio sin autorización de personas que no pertenezcan a la institución.
22.   Hacer uso inadecuado del refrigerio escolar (botarlo, regalarlo, llevarlo a la casa).
23.   Promover y/o participar en juegos peligrosos, que atente contra la integridad física de otra persona.
24.   Emitir de forma oral y/o escrita expresiones de discriminación, humillación o desprecio por algún o varios integrantes de la comunidad en razón de sus creencias, forma de pensar, tendencias sexuales, etc.
25.   Agredir físicamente o pelearse con un miembro de la comunidad educativa sin causar daños al cuerpo o a la salud o sin generar incapacidad para la persona afectada.
26.   Agredir verbal o psicológicamente con lenguaje soez, a cualquier persona de la institución o a quien se encuentre de visita en ella.
27.   Ser causante de acoso escolar, bullying o ciberbullying (a través de cualquier medio electrónico como Facebook, chat, página web, etc.), de forma individual o en grupo, que no se constituya en un delito.
28.   La recurrencia en las faltas graves será asumida como falta gravisima
29.   Hacer necesidades fisiológicas fuera del lugar correspondiente
30.   Manifestaciones intimas obsenas entre los educandos en el colegio.
31.   Votar el refrigerio suministrado en el colegio.
32.   Organizar y promover peleas para ser realizadas dentro o fuera del colegio.
33.   Copiar parcial o totalmente una tarea, consulta o trabajo de un compañero (a).
34.   Traer material pornográfico al colegio por cualquier medio para ser socializado.
35.   Gastar desperdiciar el agua del colegio sin ningún sentido.
36.   Evasion continua de clase y reportada en el observador del educando.

Faltas Gravisimas

1.       Asistir al colegio bajo los efectos de cualquier sustancia natural o artificial que en virtud de su naturaleza química altere la estructura o funciones del organismo (drogas o sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, estupefacientes, o cualquier otra sustancia no permitida).
2.       Consumir, portar, distribuir y/o comercializar cualquier sustancia de las especificadas en el numeral anterior, dentro o fuera del colegio, ya sea dentro del desarrollo de la jornada o fuera de ella, y en actividad escolar o no.
3.       Incitar a otros compañeros al consumo de alcohol, marihuana o sustancias psicoactivas mediante persuasión, constreñimiento o venta.
4.       Portar y/o hacer uso de armas de cualquier tipo o clase, dentro o fuera del colegio.
5.       Propiciar, promover o participar en peleas, grescas o riñas en predios del colegio o fuera de él, lo mismo que en actividades escolares o extraescolares
6.       Inducir a otro o a sí mismo a actividad de prostitución o de abuso sexual.
7.       Involucrarse con pandillas o personas con la finalidad de causar daño a bienes o a integrantes de la comunidad educativa.
8.       Cometer actos vandálicos y/o de sabotaje, como tirar piedras, romper vidrios, destruir bienes de otras personas o vecinos; o actos delincuenciales como robo, hurto atraco, soborno, expendio de drogas. Como, por ejemplo: apropiare o tomar cualquier clase de objeto, útiles escolares, cuadernos, libros, dinero, poncheras, comestibles de compañeros o profesores, directivos o cualquier otra persona sin su consentimiento o aprobación. (Sólo se consolidará la falta cuando cualquiera de las acciones antes mencionadas se haya comprobado debidamente).
9.       Cometer actos delincuenciales dentro y/o fuera del colegio tales como hurto, atraco, chantaje, soborno.
10.   Cometer o involucrarse en robos premeditados hacia los compañeros, maestros o la institución en general.
11.   Causar daño Físico o moral, a cualquier miembro de la institución con cualquier objeto (Balón, Piedra, Bisturí, Cuchillo, o cualquier objeto corto punzante) entre otros.
12.   Intimidar, amenazar, constreñir a otro, con la palabra, de forma escrita, a través de otra persona o grupo, con gestos o a través de algún medio tecnológico o audiovisual.
13.   Intimidar, amenazar o agredir física, verbal y o por medios audiovisuales a un docente o directivo de la institución.
14.   Incurrir en cualquier fraude o en conducta que constituya contravenciones o infracción penal según la Legislación Nacional Colombiana.
15.   Emitir de forma oral y/o escritas expresiones de discriminación, humillación o desprecio por algún o varios integrantes de la comunidad en razón de sus creencias, forma de pensar, tendencias sexuales, etc.
16.   Agredir físicamente o pelearse con un miembro de la comunidad educativa sin causar daños al cuerpo o a la salud o sin generar incapacidad para la persona afectada.
17.   Agredir verbal o psicológicamente con lenguaje soez, a cualquier persona de la institución o a quien se encuentre de visita en ella.
18.   Ser causante de acoso escolar, bullying o ciberbullying (a través de cualquier medio electrónico como Facebook, chat, página web, etc.), de forma individual o en grupo, que no se constituya en un delito.
19.   Algunas faltas Tipo III ameritaran un tratamiento o procedimiento especial.
20.   Consumo de sustancias alucinógenas en cualquier espacio de la institución.
21.   Daño a los bienes inmuebles de la institución.
22.   Apropiacion de pertenencias  por parte de cualquier educando a otros miembros de la institución.
23.   Acoso de un educando a otro miembro de la institución
24.   Uso, porte Y/o venta de sustancias psicoctivas en el colegio.
25.   El irrespeto a docentes de palabra , acción u omisión.
26.   Las faltas gravísimas deben ser remitidas a rectoría y comité de convivencia .

Procedimiento disciplinario de atención a la comisión de las faltas
Conducto regular estudiantes:
Cuando se presentan dificultades, el conducto a seguir por los estudiantes es el siguiente:
1.       La primera instancia es el profesor del área en la que tenga alguna dificultad. Si la situación es solucionada termina la intervención en cada instancia, de lo contrario se pasa a la etapa siguiente.
2.       La segunda instancia es la intervención del director de grupo.
3.       En tercer plano y agotados los primeros pasos, si se requiere, acudirá al Coordinador.
4.       De no poderse dar solución en este término el Coordinador remitirá el caso a estudio en el comité Académico o de convivencia según el caso.
5.       Acorde con la situación y siguiendo el conducto regular se hace remisión a rectoría.
6.       Como última instancia está el Consejo Directivo.

Relativo a la entrega de banderas y celebración de Prom de los bachilleres.
Parágrafo 1.
La realización de la ceremonia de Entrega de banderas dependerá del buen desempeño académico y Convivencial de los estudiantes, y queda a análisis y decisión del Comité de evaluación y promoción, así como la asistencia de cada estudiante, de décimo y once,  al Prom de grado de bachiller.
Parágrafo 2: Los estudiantes de grado décimo realizarán actividades, aprobadas por el consejo directivo, para la colecta de fondos que permitan la celebración del Prom para bachilleres; el estudiante de décimo y once que pierde el año o su comportamiento es bajo en convivencia no podrá asistir al evento.

Artículo 49: Procedimiento para Primera Infancia
Teniendo en cuenta que los estudiantes del ciclo Primero se encuentran en pleno desarrollo de procesos cognitivos, se plantean los siguientes procedimientos:
1.       Escuchar, analizar y establecer acuerdos verbales entre las partes en conflicto, teniendo al maestro como mediador.
2.       Si persisten los conflictos se harán los compromisos escritos en el Observador.
3.       En caso de incumplir los acuerdos anteriores, se remitirán a Orientación.
4.       En caso de incumplimiento o reiteración de la situación se remitirá a Coordinación, comité de convivencia y finalmente consejo directivo. En cualquier caso después de garantizar el debido proceso.


Artículo 50: Acciones correctivas y restitutivas en las situaciones de tipo I, II y III según el debido Proceso.
En atención a las anteriores consideraciones y con intención de ayudar a los estudiantes a superar las etapas conflictivas, la institución adopta una serie de procedimientos restitutivos y correctivos que se detallan a continuación:
1.       Las situaciones de tipo I ameritan orientación, por ello el tratamiento que se dé a los estudiantes involucrados, será eminentemente pedagógico, como consecuencia de ello; ante estas situaciones, se buscará la participación e intervención del Consejo de Estudiantes, cuando la situaciones se hacen repetitivas y afectan al curso; la conciliación con la ayuda de  los conciliadores desde el Proyecto Hermes y la intervención siempre cercana del director de grupo y profesores conocedores de la situación.
2.       Las situaciones de tipo II serán analizadas, concertadas con el acudiente y determinadas en sus acciones correctivas y de restitución, por, comité de convivencia según el caso.  
3.       Las situaciones de tipo III serán analizadas, concertadas con el acudiente y determinadas en sus acciones correctivas y de restitución, por el Comité de Convivencia Escolar y/o el Consejo Directivo, según el caso. Hay que tomar en cuenta que estos casos son remitidos por el presidente del comité de convivencia a las instituciones que brindan este tipo de apoyo a la institución y hacen parte del sistema distrital o nacional (Policía, policía de la infancia y adolescencia, Fiscalía, ICBF, Comisaria de familia, personería).  

Parágrafo:
Los correctivos que se impongan por incurrir en situaciones de tipo III, deben ser consignados en el respectivo Observador del Estudiante, y se cumplirán dentro de la institución o fuera de ella realizando trabajos formativos en instituciones a las que se les, debidamente concertado con el padre de familia o acudiente; esta asistencia es de obligatorio cumplimiento para levantar la sanción.
Es importante aclarar que ante una situación de tipo I, II o III, paralelo a la parte sancionatoria, se debe adelantar la parte formativa que conlleve a un cambio de conducta en el estudiante para el mejoramiento institucional. Por otra parte, el Consejo directivo da potestad a los coordinadores para implementar correctivos a los estudiantes que presenten conductas que interfieran en el buen desarrollo de los procesos institucionales.

El debido proceso incluye la intervención del departamento de Orientación, por remisión o iniciativa de la orientadora, del Programa de Respuesta Integral de Orientación (RIO) y de las instituciones a las cuales se remita.

Artículo 51: Procedimientos e instancias para garantizar el derecho a la defensa del estudiante en el ámbito Convivencial.
El estudiante tiene derecho a la defensa cuando se le acuse como presunto agresor de un miembro de la comunidad o se le acuse de infringir alguna norma del Manual, para tales casos puede:
-       Ser escuchado en las instancias o procesos que tengan que ver con la defensa de sus derechos acorde con la reglamentación y organización de la institución.
-       No ser sancionado ni responsabilizado de alguna falta mientras no se le demuestre lo contrario, sea visto en flagrancia, denunciado por testigos que lo confronten en el hecho o aceptado su participación en la falta.
-       Hacer descargos o explicación de la situación de forma verbal ante el profesor(a) o coordinación.
-       Hacer descargos o explicación de la situación en la que se le acusa, de forma escrita ante el profesor(a) o coordinación.
-       Poner de testigo o ayudarse en su testimonio con el representante de curso, o con algún estudiante al que considere indicado, según el caso.
-       Citar a un estudiante Conciliador o un docente Mediador para dirimir algún conflicto con otro estudiante.
-       Citar al personero o personera como garante de sus derechos en procesos convivenciales o académicos.
-       Citar al padre de familia o acudiente como testigo o mediador en algún proceso Convivencial o académico, según el caso.




Articulo 52: Aplicación de correctivos pedagógicos y disciplinarios:

Para todo tipo de faltas se ha de tener un espacio para la escucha de las personas involucradas buscando siempre el esclarecimiento de la situación y fijando el respeto por las personas y sus derechos fundamentales.
En la aplicación de los correctivos se ha de tener siempre una intencionalidad educativa, formativa y pedagógica; además, ante situaciones que impliquen conflictos de convivencia se sugiere la intervención mediadora de los integrantes del Proyecto Hermes.

Artículo 53: Procedimiento para la atención delas faltas leves
1.       Llamado de atención verbal por parte del docente que este en clase.  El docente procura mediar de manera pedagógica.
2.       El alumno  reincidente deberá realizar una actividad formativa (taller) referente al ambiente en que está fallando y exponerla a sus compañeros. Se debe dejar registro en el observador.
3.       Remisión al director(a) de grupo para que tome medidas pedagógicas respectivas. Registro en el observador.
4.       Un estudiante que por su comportamiento y reiteración de situaciones de tipo I que propicien  estar en alto riesgo o por formación de hábito s debe remitirse a orientación para su atención.
5.       Al Coordinador de Convivencia se remitirán los casos que hayan sido tratados por el profesor que atendió la falta, por el Director de Curso quienes lo remitirán a  orientación escolar  y cuya instancia haya sido agotada; el coordinador podrá tomar las acciones propias de su cargo.
6.       Aviso al padre de familia si la situación se presenta de forma repetitiva. Registro en el observador y se establecen acuerdos y compromisos.
7.       En casos indicados por coordinación por su reincidencia y afectación comunitaria el estudiante será remitido al Comité de Convivencia. 

Periódicamente, o cuando se considere necesario, se podrán realizar actividades de grupo o colectivo, tendientes a la normalización de las relaciones en el curso o entre personas reincidentes en situaciones de tipo I, por ejemplo:
     Mesas de diálogo de estudiantes del curso, o asambleas de curso, para resolver casos de convivencia leves reincidentes o que están afectando periódicamente el normal funcionamiento del grupo.
     Consejo de Estudiantes conformado por el representante de cada curso para resolver instancias leves pero que presente alguna dificultad.
Articulo 54 : Correctivo en las faltas Graves:
El procedimiento de atención a las faltas graves  es:

1.       El docente como primer respondiente brinda atención inmediata en salud física y mental a los afectados según el caso.
2.       El docente hace  la anotación del incidente en el observador y deja  copia del convenio, según el caso.
3.       El docente, director de grupo o coordinación hacen la  remisión a orientación para su atención. El caso debe ser atendido en orientación escolar para la búsqueda de alternativas pedagógicas o sociales de mejora.
4.       El docente reporta el incidente o la falta al director de grupo y a  coordinación.
5.       El director de grupo cita al acudiente de los estudiantes implicados en el incidente.  Registra en el observador.
6.       El coordinador,  con los docentes  y director de grupo, según el caso, dialogan con los acudientes, generando espacios para exponer y precisar lo acontecido. Se hace registro en el observador.
7.       La coordinación, por delegación de rectoría, establece la sanción pedagógica y la disciplinaria que puede ser trabajo pedagógico dentro o fuera de la institución con la supervisión del padre de familia, de 1 a 3 .  El estudiante y los acudientes deben firmar compromiso de cumplimiento de las normas convivenciales y/o responsabilidades académicas según el caso.
8.       Se determinan acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. Se hace registro.
9.       El director de grupo junto con el coordinador remiten el caso a comité de convivencia según la falta.

Articulo 55 : Correctivo en las faltas gravísimas:

Parágrafo: Hay situaciones que por su gravedad pueden ser remitidas por coordinación directamente a Comité de convivencia y consejo directivo  de forma inmediata.
1.       El docente hace  la anotación del incidente en el observador y deja  copia del convenio, según el caso.
2.       El docente, director de grupo o coordinación hacen la  remisión a orientación para su atención. El caso debe ser atendido en orientación escolar para la búsqueda de alternativas pedagógicas o sociales de mejora.
3.       El docente reporta el incidente o la falta al director de grupo y a  coordinación.
4.       El director de grupo cita al acudiente de los estudiantes implicados en el incidente.  Registra en el observador.
5.       El coordinador,  con los docentes  y director de grupo, según el caso, dialogan con los acudientes, generando espacios para exponer y precisar lo acontecido. Se hace registro en el observador.
6.       La coordinación, por delegación de rectoría, establece la sanción pedagógica y la disciplinaria que puede ser trabajo pedagógico dentro o fuera de la institución con la supervisión del padre de familia, de 1 a 3 días .  El estudiante y los acudientes deben firmar compromiso de cumplimiento de las normas convivenciales y/o responsabilidades académicas según el caso.
7.       Se determinan acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. Se hace registro.
8.       El coordinador hace remisión a  comité de convivencia según el caso.
9.       La rectoría cita a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia y los pone en conocimiento del caso; el Comité plantea sugerencias preventivas y formativas para la institución. Hace seguimiento sobre el caso y la convivencia escolar.
10.   La rectoría convoca al Consejo Directivo para analizar el caso y tomar decisiones al respecto según la ley. Se levanta acta.
11.   La rectoría comunica a los padres de familia y al estudiante, las determinaciones planteadas.




Artículo 56: Rutas de atención para las siguientes situaciones especiales.
Ruta de atención a casos de estudiantes en condición de discapacidad
1. Detección por parte del docente de aula sobre la condición, en cualquier periodo del año.
2. Remisión escrita a Orientación (DOCENTE DE APOYO) a través del formato correspondiente.
3. Entrevista con el/la estudiante para realizar valoración psicopedagógica por parte de la Docente De apoyo u orientador en caso de evidenciarse problemas conductuales.
4. Citación al padre de familia para informarle la situación y participación en el manejo del caso.
5.  El Departamento de orientación realiza la remisión del caso al sector de Salud para el respectivo diagnóstico y tratamiento requerido.
6. Los resultados y recomendaciones serán socializadas con el director de curso, para el adecuado manejo del caso.
7. El docente de apoyo realizara el diseño de currículo flexible por docente de aula.

Ruta de atención al consumo, Sustancias Psicoactivas (SPA):
1. La persona que identifica la situación o quien se dirige al estudiante, esta informa a la Coordinación respectiva.
2. Se cita y escucha al estudiante.
3. Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll.
4. Acta y compromiso de padres y estudiante.
5. Remisión a servicio de Orientación.
6. Entrevista con el estudiante y citación a padre de familia o acudiente.
7. Remisión para valoración y Diagnóstico integral.
8. Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
9. Si el consumo es descartado se continúa con servicio de orientación y seguimiento hasta la segunda y tercera semana.
10. Si el consumo es confirmado se continúa con seguimiento por parte de orientación. Este departamento se encargará de realizar la remisión al ente competente.  
12. El incumplimiento de los compromisos generara remisión del caso a Comité de Convivencia y Consejo directivo.

Ruta de atención para distribución de Sustancias psicoactivas:
1. El docente o quien conozca la situación, informa a Coordinación.
2. Entrevista con el/ la estudiante.
3. Citación e informe a los padres de familia o acudientes elaboración de acta respectiva.
4. Remisión al Comité de Convivencia.
5. Notificación a la Policía de infancia y adolescencia y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Ruta de atención en caso de acoso escolar Bull ying o ciberacoso:
1. El docente o quien conozca la situación del estudiante se dirige para dar la información a Coordinación.
2. Se cita y escucha al estudiante afectado.
3. Se cita y escucha al agresor.
4. Citación a los padres de familia o acudientes para informarles sobre el debido proceso, situación tipo lll.
5. Remisión a servicio de Orientación.
6. Citación a padres o acudientes y diseño de estrategias preventivas y correctivas.
7. Si existen resultados positivos se realiza seguimiento a la segunda y cuarta semana, de lo contrario remisión a Coordinación, para continuar con el debido proceso.
Ruta de atención en caso de Abuso sexual (Ruta enviada por secretaria de educación)
1. Recepción de la situación por parte de persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige.
2. Remisión a orientación
3. Si la situación de abuso se descarta se cierra el caso.
4. Si la situación de abuso se confirma se realizan seguimientos a la persona  si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.


Ruta de atención en caso de conductas de intento suicida. (Ruta enviada por secretaria de educación)
1. La persona que identifica la situación o a quien se dirige el/la estudiante informa a orientación o a coordinación.
2. Elaboración de acta de notificación en orientación o en Coordinación.
3. Entrevista y Atención inmediata al estudiante, citación a padre de familia o acudiente.
4. Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
5. Si hay resultados positivos, se realiza seguimiento a las 2 y 4 semana y ante resultados negativos, remisión a otras entidades competentes.

Ruta de atención en caso de maltrato infantil. (Ruta enviada por secretaria de educación)
1. La persona que identifica la situación o a quien se dirige el/ la estudiante informa a orientación.
2. Orientación realiza la citación a los padres o acudientes.
3. Si la situación de Maltrato infantil se descarta se cierra el caso
4. Si la situación de Maltrato infantil se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses.

Ruta de atención en caso de violencia intrafamiliar (Ruta enviada por secretaria de educación)
1. Recepción del caso por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige.
2. Remisión a Orientación.
3. Si la situación de Maltrato infantil se descarta se cierra el caso
4. Si la situación de Violencia intrafamiliar se descarta se cierra el caso
5. Si la situación de Violencia Intrafamiliar se confirma se realizan seguimientos a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses
La no asistencia de los padres o acudientes a las citaciones requerirá denuncia ante el bienestar familiar.
EJE 8: DEL PROCESO ACADÉMICO.
Capítulo 31: Evaluación de estudiantes: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN (SIE)
RESOLUCIÓN  003
CONSEJO DIRECTIVO
Abril 04 de 2013
Por la cual se Modifica el Sistema Institucional de Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los Estudiantes de Educación Preescolar, Básica y Media del Colegio San José I.E.D. Con la ley 1620 de 2013 el decreto 1075 y el decreto 1421 de 2017 que reglamenta el marco de la educación inclusiva de población con discapacidad

El Consejo Directivo y Académico del Colegio San José I:E:D, en ejercicio de sus facultades en especial las conferidas en los artículos 144 y 145 de la Ley  115 de 1994 y en los artículos 8° y 11° del  Decreto 1290 de  2009, y

CONSIDERANDO:

Que  el Artículo 67 de la Constitución Nacional, consagra “La Educación como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al  conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.  El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación…”. También la norma constitucional nos dice que la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; en la práctica del trabajo,  la recreación, para el mejoramiento cultural, científico y tecnológico.
Así mismo el Estado ejerce la inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por la calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos.
Que el Artículo 5 de la Ley 115 de 1994 consagra los fines de la educación, que las instituciones educativas están obligadas a desarrollar a través del currículo general, dentro de su Proyecto Educativo Institucional.
Que  los Artículos 77, 78, 80 de la Ley 115 de 1994 estipulan que  el Ministerio de Educación Nacional establecerá un Sistema  Nacional de Evaluación de la Educación, con el fin de velar por la calidad, por el  cumplimiento  de  los fines  de la  educación y por la formación  moral, intelectual y física de los educandos. Diseñará y aplicará criterios y procedimientos para evaluar la calidad de la educación que se imparte, los logros de los alumnos, la eficacia de los métodos pedagógicos, la organización administrativa y física de las instituciones y la eficiencia de la prestación del servicio.
Que Los Decretos  2247 de 2007, que trata sobre la prestación del servicio educativo del nivel de preescolar. 366 de 2009 sobre el servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Y el Plan Sectorial  de Educación.

Que el Artículo 11° del Decreto  1290 de 2009  plantea  que  cada  establecimiento educativo, debe definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico, y  posteriormente, aprobarlo en sesión en el Consejo Directivo, incorporándolo al Proyecto Educativo Institucional; que la comunidad educativa  del Colegio San José I.E.D. está comprometida en ofrecer una educación de calidad,

PRINCIPIOS ORIENTADORES

Artículo 57: concepción  de  evaluación

El Colegio San José I.E.D., concibe  la Evaluación, como una herramienta de gestión que permite establecer estándares de calidad y conocer qué tan lejos estamos de lo que los niños, niñas y los (as) jóvenes aprenden o deben aprender. Conocer los resultados permite a la institución, revisar las prácticas pedagógicas y establecer las actividades de mejoramiento. De otra parte, la evaluación de los indicadores permite la eficacia de los programas para el mejoramiento de la calidad puestos en marcha tanto por parte de la secretaria de educación como las instituciones.

La evaluación es un proceso, sirve a todos, permite al colegio revisar conceptos, unificar criterios, acordar correcciones de prácticas deficientes y reforzar las exitosas, tomar decisiones, priorizar y re-direccionar acciones; ofrece información a los estudiantes, profesores y padres de familia sobre los avances y dificultades presentados por los estudiantes.

El Colegio San José I.E.D. es consciente de su naturaleza oficial, por lo cual adopta la concepción de evaluación de la Secretaría de Educación y el plan sectorial de educación:
“La evaluación de la enseñanza y el aprendizaje se realiza de manera integral, dialógica y formativa. El sistema de evaluación de los colegios centra su acción en las necesidades de aprendizaje de los niños, niñas y jóvenes”.

La política de evaluación busca fundamentalmente el conocimiento de los hechos educativos para introducir soluciones pedagógicas que conduzcan a obtener mejores resultados de la acción escolar.

La evaluación educativa y pedagógica, se entiende como un proceso integral, dialógico y formativo. Integral, en tanto abarca todos los elementos que conforma el sistema de evaluación, los procesos de enseñanza y aprendizaje, los medios utilizados en estos procesos, los sujetos, los ambientes: físicos, familiares, y sociales, las prácticas profesionales de los docentes y la gestión institucional; dialógica, como ejercicio de reconocimiento y encuentro de nuevos saberes, de nuevas experiencias y prácticas de evaluación sobre el proceso educativo y sobre la educación; formativa, como escenario para desaprender y aprender lo nuevo, lo diferente, aquello que las prácticas de evaluación ponen a disposición de educadores, autoridades educativas, administradores públicos, estudiantes y ciudadanía como herramientas para el mejoramiento sostenido de la calidad educativa.

El sistema reconoce la relación permanente y vivencial en tres ámbitos fundamentales de la educación: los aprendizajes de los estudiantes, las prácticas profesionales de los maestros y la gestión institucional que se realiza en los colegios.

El sistema valora y reconoce también los procesos de significación humanos, como condición indispensable para lograr la formación integral de los estudiantes en las diferentes dimensiones de su desarrollo social, cognitivo, cultural, estético y físico. Los resultados de las evaluaciones y su uso pedagógico propician relaciones comunicativas y de diálogo, en cuanto articulan los propósitos del maestro como sujeto de la enseñanza, los intereses de los estudiantes como sujetos de aprendizaje y formación, y las expectativas de los padres de familia frente a la propuesta formadora de la escuela y de la sociedad.”[16]
En nuestro Modelo Pedagógico Social Cognitivo, el enfoque de la evaluación es dinámico, su propósito es evaluar el potencial del aprendizaje. Tiene la función de detectar el grado de ayuda que requiere el alumno de parte del maestro para resolver una situación. 

Artículo 58. Objetivo general de la  evaluación.

Contribuir con el plan de calidad de la educación propuesto por la Secretaria De Educación Distrital  2016-2026, enmarcado en la política de gobierno “Bogotá Humana”

Artículo 59: objetivos específicos de la evaluación.

Los principales objetivos de la evaluación  son:
·         Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos
·         Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado y ciclo de la educación según la aprobación del total de las asignaturas propuestas para cada grado y ciclo.
·         Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en procesos educativos
·         Suministrar información que contribuya a la Evaluación dialógica e integral  del proceso educativo
·         Definir el avance en la programación y construcción de conocimientos
·         Estimular el afianzamiento de valores y aptitudes
·         Favorecer en cada estudiante el desarrollo de capacidades y habilidades
·         Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje
·         Identificar dificultades y deficiencias en el aprendizaje
·         Proporcionar a los docentes la información necesaria para reorientar y consolidar las prácticas pedagógicas
·         Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.
·         Informar a los padres de familia del avance en el proceso educativo de los estudiantes, para que así puedan contribuir  en el éxito del proceso de evaluación
·         Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional
Plantear los planes de mejoramiento académico en cada una de las áreas y asignaturas con el fin de definir las situaciones pedagógicas pendientes.

Para los estudiantes con alguna condición de discapacidad es imprescindible:

1.       Conocer el punto de partida de los alumnos con relación a los  aprendizajes  esperados.
2.       Retroalimentar y ajustar el proceso de enseñanza acorde a las características y necesidades de los estudiantes.
3.       Comprobar si se han logrado o no, y en qué medida, los  aprendizajes.
4.       Identificar el tipo de ayudas y recursos que precisan los estudiantes para facilitar su proceso educativo.

Artículo 60: Estrategias para la evaluación.

·         Estrategias cualitativas, resultados de entrevistas o diálogos entre docentes y estudiantes (co-evaluación, auto- evaluación, y hetero-evaluación)
·         Planteamiento de situaciones frente a las cuales los estudiantes tengan que desarrollar acciones en las que haya que interpretar, argumentar y/o proponer soluciones (mesas redondas, trabajo en equipo).
·         Elaboración de informes de consultas e indagaciones formativas, pruebas que permitan la consulta de textos, notas y otros recursos necesarios para independizar los resultados de factores relacionados con la simple recordación. Estas pruebas basadas en la reproducción memorística de los datos, no deben utilizarse si no van ligadas a la construcción de conceptos y otros factores cognitivos
·         Evaluación del proceso educativo mediante pruebas que midan el desarrollo de competencias y estándares

Para los estudiantes con alguna condición de discapacidad es imprescindible:

·         Permitir el uso de materiales auxiliares como el ábaco, la calculadora, tablas u otros que puedan requerirlos estudiantes.
·         Preparar las evaluaciones previamente con todas las adecuaciones necesarias para evaluar el proceso y garantizar el éxito.

Capítulo 32: criterios  de evaluación y promoción

Se establecen a continuación los diferentes criterios de evaluación y promoción a tener en cuenta:

Artículo 61: Escala de valoración.

El Desempeño de los estudiantes se evaluará numéricamente con una escala de   1 a 5 para todos los grados y ciclos, cuya equivalencia con la escala nacional es:

Escala Valoración Nacional
Escala Institucional Ciclos I,II,III, IV y V
Definición Institucional de los Desempeños



Desempeño Superior



4.6    a  5.0
Se entiende como la superación altamente significativa de los desempeños necesarios en relación con las asignaturas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos del M.E.N. y lo establecido en el P.E.I. Su índice evaluativo va de 4.6 a 5.0 para todos los ciclos.



Desempeño Alto



4.0    a  4.5
Se entiende como la superación significativa de los desempeños necesarios en relación con las asignaturas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos del M.E.N. y lo establecido en el P.E.I. Su índice evaluativo va de 4.0 a 4.5 para todos los ciclos.


Desempeño Básico


3.3    a  3.9

Se entiende como la superación de los desempeños básicos en relación con las asignaturas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos del M.E.N. y lo establecido en el P.E.I. Su índice evaluativo va de  3.3 a 3.9 para todos los ciclos.



Desempeño Bajo



2.0    a  3.2
Nota mínima no sea 2.0 sino 1.0
Se entiende como la no superación de los desempeños básicos en relación con las asignaturas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos del M.E.N. y lo establecido en el P.E.I. Su índice evaluativo va de 1.0 a 3.2 para todos los ciclos.

La valoración mínima de aprobación debe estar en el nivel BÁSICO O SU EQUIVALENTE NUMÉRICO 3.3

Artículo 62: Criterios de evaluación:
Se propone evaluar:
·         Competencias Cognitivas: Orientan el avance en el dominio conceptual en las disciplinas  académicas.  Tendrá  como  acciones  propias la  interpretación, argumentación y proposición. Así mismo se incluirá de manera semestral la valoración de las Evaluaciones Periódicas Unificadas que los profesores elaborarán y aplicarán según los lineamientos propios de las pruebas de estado. 

·         Competencias Procedimentales: Conjunto de acciones del estudiante que evidencian el desarrollo de las competencias. Se tendrán como acciones: trabajos en clase, presentación de actividades extracurriculares, elaboración de frisos, elaboración de maquetas, mapas, planos, planchas, ferias micro empresariales, mesas redondas, exposiciones, y/o participación voluntaria.

·         Competencias Actitudinales: Orientan los procesos de convivencia escolar y de formación humana integral, con base en los énfasis del P.E.I.:”Construyendo Calidad de Vida  a través de la Formación Integral, con énfasis en Tecnología aplicada al diseño”. Se tendrán en cuenta evidencias de autoestima, responsabilidad y respeto.

·         Los estudiantes con alguna condición de discapacidad, deben alcanzar los objetivos propuestos para cada periodo, de acuerdo con la flexibilización curricular realizada en la institución teniendo en cuenta sus capacidades y necesidades.

NOTA: Para la nota final de cada periodo, los porcentajes a tener en cuenta son:
  Competencias Cognitivas: 50%
  Competencias Procedimentales: 25%
  Competencias Actitudinales: 25%

Artículo 63: valoración de cada periodo académico

Se evaluará con cuatro periodos académicos cuyo valor para cada uno de ellos será así:

Primer Período                 25%
Segundo Período             25%
Tercer Período                 25%
Cuarto Período                 25%
Total                                     100%

El porcentaje correspondiente a cada periodo en cada una de las asignaturas será la sumatoria de las competencias cognitiva, procedimental, actitudinal y convivencial, así como la participación en los proyectos transversales que se desarrollen institucionalmente.

La valoración definitiva de cada asignatura al final del año será el promedio aritmético de las valoraciones de los cuatro periodos académicos, excepto Convivencia Social cuya valoración final será el resultado del análisis del comportamiento general del estudiante durante el año en plenaria de docentes y en presencia de los Directivos Docentes.

Artículo 64: criterios de promoción:

La promoción de estudiantes la realizará el Consejo Académico de la Institución, una vez resueltas las situaciones pedagógicas pendientes al finalizar el año lectivo.

a.       El estudiante será promovido al siguiente grado escolar cuando haya aprobado todas las asignaturas  contenidas en el Plan  de Estudios  del grado que cursa y/o cuando no haya aprobado una o dos asignaturas y apruebe las actividades de situaciones pedagógicas pendientes, con excepción del grado preescolar según el decreto 2247, Artículo 10 del M.E.N.

Cuando el estudiante no apruebe Convivencia Social ingresará al siguiente año   escolar bajo  Matrícula de Observación durante el primer mes del año escolar, de persistir la situación se iniciara el “debido proceso”[17] para ser remitido al comité de convivencia.

b.       La promoción se hará por asignaturas, para lograr desempeños satisfactorios en cada disciplina, garantizando equidad para cada una de ellas y además porque cada asignatura desarrolla competencias específicas, que como tal ameritan valoración individual. Las asignaturas serán las contenidas en el Plan de Estudios y las definidas por el Colegio para cada grado.

c.       Un estudiante no aprobará una asignatura cuando su rendimiento definitivo esté valorado en Desempeño Bajo o numéricamente sea inferior a 3.3.

d.       Un estudiante no aprobará una asignatura en el periodo cuando haya dejado de asistir injustificadamente al 25% de las clases durante el mismo. De igual forma cuando haya dejado de asistir, injustificadamente al 25% o más de las clases durante el año lectivo, aun cuando en su valoración definitiva su nivel sea Básico, Alto o Superior.

e.       Un estudiante no será promovido al siguiente grado escolar cuando:

1.       Presente tres o más asignaturas no aprobadas entendiéndose por tal, obtener en la escala de valoración el nivel Bajo.
2.       No sean aprobadas las actividades de mejoramiento de una o dos asignaturas, en las fechas programadas por el Colegio.
3.       En el caso de los estudiantes de grado 11 que queden con Servicio Social pendiente, se graduarán una vez presenten la constancia de realización del mismo y se graduarán por ventanilla.
4.       Los estudiantes de preescolar que presenten alguna condición de discapacidad, no hayan consolidado su proceso de adaptación escolar en términos de actividades básicas cotidianas tales como: permanencia en el salón, control de esfínteres, independencia para vestirse y alimentarse, así como socialización funcional: manifestar necesidades y participar activamente en actividades grupales entre pares. 


Artículo 65: promoción anticipada.
Cuando un estudiante, en el primer periodo académico del año lectivo, presente desempeños académicos superiores  en el 70% de las asignaturas y alto o superior en el 30% restante,  podrá solicitar por escrito, con el consentimiento del padre de familia o acudiente, ante el Consejo Académico, la realización de las evaluaciones respectivas de las asignaturas del grado que cursa. Posterior a la radicación de la solicitud, en la siguiente sesión, el Consejo Académico solicitará al Comité de Evaluación y Promoción del grado que cursa el estudiante, que en un plazo no mayor a 8 días hábiles realice las evaluaciones respectivas de las asignaturas del grado que cursa, que el estudiante debe aprobar en su totalidad. Adicionalmente, solicitará el concepto del Departamento de Orientación en el mismo lapso de tiempo.
El Consejo Académico, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva, en el registro escolar.
En el caso que el estudiante pertenezca al grado 11º, será proclamado bachiller   anticipadamente.

Artículo 66: proclamación y graduación de bachilleres.

Los estudiantes que culminen el CICLO V, o grado once, se proclamarán y obtendrán el título de bachiller académico, cuando cumplan con la totalidad de los criterios de promoción planteados en el S.I.E: aprobación de todas las asignaturas, constancia de la realización del servicio social,  presentación de las Pruebas Saber 11 y paz y salvo en la presentación de la documentación requerida desde secretaría.


Artículo 67: las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
Para  evitar el fracaso  y la deserción escolar, potenciar el rendimiento académico y Convivencial, se deberá  tener en cuenta la valoración integral de aspectos como: lo cognitivo, procedimental y actitudinal.

Como estrategia fundamental se plantea el diseño y elaboración planeada y organizada de logros, además se mantendrán reuniones periódicas de docentes por sede y jornada, equipos pedagógicos (conformado por los docentes del Consejo Académico de la respectiva jornada), estudiantes y padres de familia con el objeto de revisar constantemente el rendimiento y avances de los estudiantes en estos aspectos; las Comisiones de Evaluación y Promoción sesionarán quince días antes de finalizar el período académico.

Desde las funciones propias de su cargo, el orientador u orientadora de la institución brindará  el apoyo que se le solicite en los procesos académicos y convivenciales de los estudiantes.

Artículo 68: las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

Las principales acciones que serán tenidas en cuenta para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar serán las siguientes:

a.       Dar a conocer a los estudiantes en la primera semana de cada periodo académico los objetivos, criterios de evaluación y ejes temáticos que se desarrollarán durante el mismo.

b.       El Consejo Académico trazará los criterios de formulación de planes de mejoramiento académico, para los estudiantes y/o grupos que presentan bajos desempeños académicos o que no hayan sido promovidos.

c.       Diseño e implementación de Planes de Mejoramiento Escolar por los docentes y aprobados previamente por el Consejo Académico e implementados antes de finalizar el período.

d.       Reuniones periódicas con padres de familia y estudiantes que presenten bajos desempeños académicos o que no hayan sido promovidos, con el fin de que asuman el compromiso de  coadyuvar en el proceso de aprendizaje.

e.       El Departamento de Orientación Escolar participará y apoyará las anteriores acciones pedagógicas tendientes al  mejoramiento de los desempeños  de los estudiantes durante el año lectivo.

f.        En el caso de estudiantes con algún tipo de discapacidad, se debe procurar un dialogo permanente con el docente de apoyo pedagógico para la atención a estudiantes con discapacidad, de manera que establezcan acuerdos y estrategias que propendan por el cumplimiento de los objetivos establecidos.

g.       Cada docente elaborará una guía de orientación y apoyo para que los estudiantes que no aprueben una o dos asignaturas, al finalizar el cuarto periodo académico, preparen su evaluación de suficiencia académica. El Consejo Académico programará las fechas en las que se aplicará la evaluación de suficiencia académica de cada asignatura.

h.       Para el caso de estudiantes con algún tipo de discapacidad se deben tener en cuenta sus características y los propósitos de aprendizaje, por lo cual la prueba debe adaptarse por el docente a cargo en colaboración con el docente de apoyo pedagógico para la atención a estudiantes con discapacidad.

Artículo 69: los procesos de autoevaluación de los estudiantes.

CONCEPCIÓN DE AUTOEVALUACIÓN: Es la capacidad que tiene el estudiante de valorar sus propias fortalezas y reconocer sus debilidades, proponiéndose un plan de mejoramiento para obtener una autonomía responsable. El Consejo Académico definirá los criterios que orientarán el proceso.

Artículo 70. Estrategia de apoyo necesaria para resolver inasistencias a las evaluaciones semestrales

Cuando el estudiante no pueda presentarse a las Evaluaciones semestrales, el acudiente hará la petición con los soportes respectivos ante el Coordinador Académico quien decidirá al respecto.

Artículo 71. acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes den cumplimiento a los procesos evaluativos planteados en el SIE en el Colegio San José IED

Se institucionalizará el sistema de evaluación a través de una amplia difusión en la comunidad educativa, formará parte del Manual de Convivencia y de la Agenda Escolar para cada grado. EL Consejo Académico hará el seguimiento y acompañamiento respectivo, con el fin de que todos los docentes, padres y estudiantes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.

El equipo Directivo deberá reunirse semestralmente para analizar los resultados de los procesos y contribuir con su debida orientación cuando estos lo ameriten. La Coordinación Académica, deberá reunirse bimestralmente con cada una de las áreas y niveles para apoyar los procesos de seguimiento académico. De igual manera la Coordinación de convivencia para apoyar el desarrollo de los procesos convivenciales.

Los docentes en sus reuniones de área y de nivel deben analizar y verificar el cumplimiento de los procesos evaluativos contenidos en el S.I.E., y plantear alternativas de mejoramiento y de seguimiento.

Capítulo 33: informes académicos.

Artículo 72: la periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

El año lectivo consta de cuatro periodos académicos de diez semanas cada uno. Al finalizar cada uno de estos cuatro periodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe de los procesos de formación académica y Convivencial de los estudiantes.

Además al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final, el cual incluirá, la valoración definitiva de cada una de las asignaturas y de Convivencia Social,

Artículo 73: la estructura de los informes académicos

Los informes académicos contendrán de manera clara y precisa los fundamentos por los cuales un estudiante aprobó o no una asignatura para todos los años y ciclos.
Deberán incluir:
-       Indicadores de logro para cada periodo académico.
-       La valoración cuantitativa obtenida según el Sistema Institucional de Evaluación y su equivalencia con el Sistema Nacional.
-       El número de inasistencias a clase.
-       Observaciones del Director de Grupo.
-       Observación sobre el compromiso del padre de familia en el proceso formativo de su hijo.
-       El registro único académico para cada estudiante que estará constituido por las valoraciones definitivas de las asignaturas y de Convivencia Social.

Artículo 74: reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
Las reclamaciones de los padres de familia y/o estudiantes sobre evaluación y promoción se harán de manera escrita, siguiendo el conducto regular descrito a continuación.
  1. Profesor de la asignatura
  2. Director de Grupo
  3. Coordinación académica y/o Convivencial según corresponda
  4. Consejo Académico y/o Comité de Convivencia según corresponda.
  5. Rectoría

Capítulo 34: Participación de la comunidad en el sistema de Evaluación.

Artículo 75: los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Teniendo en cuenta que la presente resolución ha sido producto de la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa, las posibles reformas o modificaciones que se hagan a futuro al presente documento, deberán contar con la participación representativa de los mismos estamentos.

Ordenar la publicación y entrega de la presente resolución a los representantes de cada uno de los estamentos educativos del Colegio para su conocimiento y socialización.

Ordenar  insertar la presente resolución en el Manual de Convivencia y/o Agenda Escolar, lo mismo que en el Proyecto Educativo Institucional.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación, expedición y publicación  y su vigencia es para el año 2010.

Artículo 76: reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción
Las reclamaciones de los padres de familia y/o estudiantes sobre evaluación y promoción se harán de manera escrita, siguiendo el conducto regular descrito a continuación:
1.            Profesor de la asignatura
2.            Director de Grupo
3.            Coordinación académica y/o Convivencial según corresponda
4.            Consejo Académico y/o Comité de Convivencia según corresponda
5.            Rectoría

Capítulo 35: Estímulos, proyectos y otros
1.  Estímulos
La Institución Educativa San José otorgará incentivos a los estudiantes que se distingan por su comportamiento, rendimiento académico, convivencia, espíritu altruista e investigativo, por sus valores morales y patrios, por la superación personal, por el amor y compromiso con el colegio, por sus manifestaciones de bondad, tolerancia y cooperación o que sobresalga en certámenes deportivos, culturales o cinéticos, así:
Como alumno del colegio según el caso se hará merecedor de los siguientes estímulos:
             Recibir reconocimiento por sus esfuerzos y logros a través de izadas de bandera, hecho que quedará registrado en el Observador.
             Matrículas de honor a los dos mejores alumnos del grado noveno (9°) para el año lectivo siguiente, siempre y cuando continúe en la institución, de lo contrario este estímulo se perderá.
             Hacerse acreedor a la beca que cubre la matrícula y pensión del año correspondiente por excelente rendimiento integral, si es alumno de décimo  (Quitarlo).
             Ser seleccionado para representar al colegio en eventos especiales.
             Ser destacado por acciones positivas, ante la comunidad educativa.
             Ser nombrado en forma especial en el acta de graduación si obtiene el mayor puntaje de la prueba del ICFES.
             Ser nombrado en el respectivo curso en forma especial en caso de haberse destacado como el mejor estudiante, académica y/o convivencialmente entre los demás alumnos, con diplomas o menciones de honor.
             Ser reconocido el esfuerzo en las representaciones de carácter deportivo, cultural y científico.
             Ser reconocido el sentido de pertenencia a la institución, haciéndose acreedor a un permio especial siempre y cuando haya cursado desde preescolar hasta grado once.
             A que se registren en el Observador las acciones positivas y aciertos.
             Hacerse acreedor a menciones de honor, medallas según sus méritos.

Parágrafo: el curso que conserve en perfecto estado, orden y limpieza el salón y el mobiliario recibirá el reconocimiento de una buena nota apreciativa en las diferentes asignaturas y mención en acto público.

EJE 9: SERVICIOS INSTITUCIONALES.
Artículo 77: Biblioteca.
Se brinda servicio de biblioteca, en la jornada propia y contraria, realizando préstamo de libros a los alumnos con el carné estudiantil por un plazo de dos días renovable una vez.  Los libros y material de la biblioteca han de ser tratados con sumo cuidado y devueltos en buen estado.
Artículo 78, refrigerio escolar.
Según el Acuerdo 198 de 2007 las políticas generales del Plan de Desarrollo de Bogotá, las orientaciones de la gestión pública son: La intervención social integral, intervención para la equidad, la prevalencia de los derechos de las niñas y los niños y la seguridad alimentaria como derecho fundamental; por tal motivo el colegio participan del programa de refrigerios escolares y hace entrega de los mismos como se ha institucionalizado [18].

























Figura 2. Elementos de los diagramas de atención.



Figura 3.  Diagrama de atención para las situaciones de  maltrato infantil por castigo, humillación, malos tratos, abuso físico o psicológico.

Figura 4. Diagrama de atención para las situaciones de maltrato por incumplimiento de responsabilidades por parte de los adultos.







Figura 5.  Diagrama de atención para las situaciones de maltrato por trabajo infantill.

Figura 6. Diagrama de atención para las situaciones de maltrato por vinculación a grupos armados al margen de la ley.


Figura 7.  Diagrama de atención para los niños, niñas y adolescentes (NNA) víctimas y afectados por el conflicto armado residentes en Bogotá.


Figura 8.  Diagrama de atención para las víctimas de violencia intrafamiliar.



Figura 9.  Diagrama de atención para las víctimas de violencia sexual.



Figura 10.  Diagrama de atención para las víctimas de Explotación sexual comercial a niños, niñas y adolescentes (ESCNNA).
Figura 11.  Diagrama de atención para las víctimas de violencia por razones de género.


Figura 12.  Diagrama de atención para los casos que competen al sistema de responsabilidad penal para adolescentes.



Figura 13.  Diagrama de atención para situación de tipo I que afecta la convivencia escolar.




Figura 15.  Diagrama de atención para situaciones tipo III que afectan la convivencia escolar.



Figura 16.  Diagrama de atención para niños, niñas y adolescentes (NNA) con consumo de SPA.



Figura 17.  Diagrama de atención para el embarazo en adolescentes.



Figura 18.  Diagrama de atención para las víctimas de violencia sexual por parte de personal directivo o administrativo de la Institución Educativa Distrital (IED).


Figura 19.  Diagrama de atención para los casos de hostigamiento escolar.
Figura 20.  Diagrama de atención para los casos de hostigamiento por identidad de género y orientaciones sexuales no normativas.
Figura 21. Diagrama de atención para los casos de ideación suicida.

Figura 22. Diagrama de atención para los casos de amenaza de suicidio.
Figura 23.  Diagrama de atención para los casos de intento de suicidio.

Figura 24. Diagrama de atención para los casos de suicidio consumado.



Comisarías de familia
Cra 74 N. 42 G – 52 sur Lago Timiza.   Telefono 4542717.
Cll 38 sur No. 94 C – 29/ piso 5 – Bellavista, Patio Bonito.  Teléfono 4518954-4542712.
Carrera 69 F No. 5ª – 82 Barrio Nueva Marsella.  Teléfono 4137119.
Avenida Primero de mayo No 38 C 72 C – 72.
Centros zonales ICBF.
Call38 C sur No. 72 A – 12 Barrio Camilo Torres (Diagonal Iglesia San Patricio).  Teléfono 4377630
Dirección Local de Educación.
Carrera 79 No. 38B – 01 sur (IED El Japón).
Empresas Sociales del Estado.
Hospital del sur.  www.hospitalsur.gov.co   UPA 91 Class Cll 57 B sur No 80H – 53  7804489.  UBA 65 Didalito Cll 42 A sur No. 90 A – 00.  UPA 68 Britalia Kra 81 C No. 48 – 25 sur  2388517.   CAMI 71 Patio Bonito Diagonal 38 sur No. 82 – 30 2658379.  UPA 30 bomberos Cll 40C sur No. 79-10   2732535.    UPA 29 Kennedy Kr 78 No 35-71 sur IN 1    4032069. 
Unidad de Reacción Inmediata.
URI Kennedy Cr 72 J No 36-56/58 sur   2993515.
Salas de Atención al Usuario (SAU)
Transversal 79 No 41 A-35 sur   4537467.
Casa de Justicia
Avenida Primero de Mayo No. 38C- 72.
Centro Dignificar.
Kennedy UAO Calle 37 sur No. 72 L 77 B Barrio Carvajal.
Casa de Igualdad de Oportunidades.
Carrera 78K No. 33ª-24 Sur Supermanzana 7.  2646359.  ciokennedy@sdmujer.gov.co
Personería Local
Calle 40Sur No.77ª-52.    4524008/4518411.
Defensoría del Pueblo
Chapinero central.  3147300.
Centro de Atención Especializado para Adolescentes (CESPA)
Calle 12 No. 30-35 piso 3.  Puente Aranda.  4377630  Exts. 119000 a 119027.
Subdirección Local de Integración Social
Calle 38 sur No 94C – 29 Bellavista – Patio Bonito.  4542712/14





















DIRECCIONES DE GRUPO 2016
SEDE A JORNADA TARDE

BERTHA ALICIA CÁCERES MONTOYA:      Pre-escolar 01
SANDRA DERLY ROMERO LAVERDE:        Pre-escolar 02
LEIDY YASMIN ZAMBRANO ROJAS:            Pre-escolar 04

CURSO
DOCENTE
ASIGNATURA
ATENCIÓN A PADRES 1er Semestre
601
JULIO MARIO ACOSTA GUERRERO
Teatro, Dibujo 604 y 605
Jueves 3ª Hora
602
ARIOSTO GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
Sociales, ética
Lunes 4ª Hora
603
LUZ ELENA TRUJILLO SANTAMARÍA
Inglés
Miércoles 2ª Hora
604
ELSA PATRICIA ARDILA GIL
Matemáticas, Física (español 604)
Martes 2ª Hora
605
ALIRIO GUERRERO CHIPAGRA
Biología, Química (español 605)
Martes 3ª Hora
701
FERNANDO JARAMILLO AVENIA
Matemáticas, Física
Jueves 2ª Hora
702
NANCY CORREDOR
Danzas
Lunes 2ª Hora
703
OLGA CECILIA SUELTA GUARNIZO
Sociales, Economía, Ética
Martes 5ª Hora
704
LUISA URREGO
Diseño y DIbujo
Martes 3ª Hora
801
EDGAR NÚÑEZ MOJICA
Matemáticas
Jueves 2ª Hora
802
OLGA LUCÍA SUÁREZ SALCEDO
Español
Miércoles 2ª Hora
803
ESMERALDA MOLINA SEGURA
Inglés
Martes 4ª Hora
804
ALEJANDRA ROMERO
Español
Lunes 5ª Hora
901
ESPERANZA FANDIÑO TRUJILLO
Español
Miércoles 5ª Hora
902
ALEXANDER ARENAS ARIZA
Matemáticas
Jueves 3ª Hora
903
LUZ MARY MANCIPE GONZÁLEZ
Biología
Martes 3ª Hora
1001
JOSÉ SILVINO OSORIO MARÍN
Religión, Ética, Filosofía
Miércoles 5ª Hora
1002
PEDRO FERNANDO SILVA CETINA
Sociales, Economía
Martes 3ª Hora
1003
JOHANNA CECILIA ACUÑA VARGAS
Matemáticas
Miércoles 4ª Hora
1101
HERNANDO CÁRDENAS BASTIDAS
Religión, Filosofía, Ética (español 603 y 602)
Martes 5ª Hora
1102
CAMILO ALBERTO ARANGO
Diseño y Emprendimiento
Lunes 2ª Hora
C.A.
MARLENE TERÁN TORRES
Inglés
Miércoles 2ª Hora
C.A.
LEIDY ÁVILA
Matemáticas
Jueves 3ª Hora
C.A.
PABLO MARÍN LAYTON
Biología, Química
Jueves 4ª Hora
C.A.
EDWIN O. PEDRAZA SAUMETH
Informática
Miércoles 3ª Hora
C.A.
CARLOS ARTURO TOVAR CÓRDOBA
Edu. Física, Dibujo 802, 803
Miércoles 3ª Hora
C.A.
ALEXIS LANDAZÁBAL ACOSTA
Sociales, Ética
Miércoles 2ª Hora
C.D.
AARÓN ESCOBAR MARTÍNEZ
Edu. Física
Martes 3ª Hora
---
JHON ALBEIRO ARIAS BONILLA
Dibujo, Diseño y emprendimiento.
Jueves 3ª Hora

DIANA CAROLINA PEÑARANDA CORREA
ORIENTADORA
Lunes, Miércoles y Viernes

LEIDY MUÑOZ MORENO
ORIENTADORA
1:00 a 3:00p m.

ELIZA MORALES PABÓN
N.E.E.
Lunes de 1:30 a 5:00 pm

MARLEN MOGOLLON CARVAJAL
RECTORA
Lunes a Viernes

DIANA ZORAIDA MEJÍA PACHECO
Coord. Académica
Lunes, miércoles y viernes de 2 a 5 pm.

ROBER FERNEY MORENO TOBÓN
Coord. Convivencia
Martes y jueves No hay atención a padres







































































DIRECTORIO  INTERINSTITUCIONAL.
INSTITUCIÓN
DIRECCION
TELEFONO
CONTACTO
Cuadrante Policía Nacional Nº 31

3017606877 sede A.
Sede B



Comisaria de Familia
CRA 74 N 42G – 52 Sur Lago Timiza
4542717 24 Horas Atención
Gloria Fajardo Vergara – Gilberto Manrique- Henry Zarate- Tito Alberto Hernández
Centro zonal ICBF
Calle 38 c sur # 72 A -12
4377630  Ext 116000 a 116007 y 116100 a 116111
Doris Baquero Valdés
Hospital de Kennedy
Av 1 de mayo # 40B - 54
4480700

Unidad Móvil RIO



SOFIA sistema distrital de protección integral a Mujeres víctimas de violencia Acuerdo 421 de 2009

195

Casas de Igualdad de Oportunidades para las mujeres

Carrera 78 K N 33 A 24 sur

3169001 Ext 8001 directo 3169099
ciokennedy@sdmujer.gov.co

Dirección Local de Educación Kennedy Localidad 8.
Cra. 78 J con Calle 39 Sur Esquina
4524616 - 4524617
Supervisión: 4533316 - 4533322

Director (a)
Flor María Díaz Rocha
Secretaria Distrital de la Mujer
Carrera 32A No. 29-58

Hospital del Sur
CALLE 35 A No. 75 B - 17 SUR
2 73 20 56

UPA 29 Kennedy: Unidad Primaria de Atención, Pertenece al Hospital del Sur. (No atiende urgencias)
Carrera 78 # 35 - 71 SUR
273 18 19 - 756 05 05 Lunes a viernes 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

UPA 30 Bomberos: Unidad Primaria de Atención, Pertenece al Hospital del Sur. (No atiende urgencias)
Calle 40C SUR # 79 - 10

273 25 35 - 273 2098 Consulta Externa de Lunes a Viernes 7 a.m. – 4:30 p.m.


URI Unidad Básica-  Fiscalía General de la Nación.
Cr 72J 36 S 58
2993515- 2732209 24 Horas

CAIVAS Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual.
Diagonal 34 N 5-18
2322265- 2880557- 2324011- 2321043
Lunes a Viernes 8 am – 4 pm

CAVIF Unidad de delitos contra la armonía y violencia intrafamiliar.
Carrera 13 N 18-38 pisos 2 y 4
3347893- 3347953
Lunes a Viernes 8 am – 4 pm

Bienestar estudiantil

3241000 ext 3126 o 3119.  2213458-2213461







Derechos de los Empleados Públicos (2003).  Documento sobre el régimen jurídico de los servidores públicos.  Decreto 30.   Bogotá, Colombia.

Régimen Prestacional y Salarial de los Empleados Públicos del Orden Territorial (2010).  Documento oficial.  Bogotá, Colombia.

Constitución Política Nacional (1991). Documento sobre los Servidores Públicos. Bogotá, Colombia.

Nuevo Código Disciplinario Único. Ley 734 (2002). Principios Rectores de la Ley Disciplinaria.  Bogotá, Colombia.

http://www.colombiaaprende.edu.co/html/productos/1685/articles-172254_recurso_1.pdf

http://www.redacademica.edu.co/archivos/redacademica/proyectos/pecc/centro_documentacion/caja_de_herramientas/serie_1_orientaciones/06_planes_integrales_de_educacion_para_la_ciudadania_y_la_convivencia_piecc.pdf

Código de Infancia y Adolescencia. www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22106


Respuesta Integral de Orientación Escolar.  Alcaldía Mayor de Bogotá. Proyecto 900 de educación para la ciudadanía y la convivencia




[1] Decreto 1965 de 2013. Artículo 39.
[2] http://www.un.org/es/documents/udhr/
[3] http://www.redacademica.edu.co/archivos/redacademica/proyectos/pecc/centro_documentacion/caja_de_herramientas/serie_1_orientaciones/06_planes_integrales_de_educacion_para_la_ciudadania_y_la_convivencia_piecc.pdf
[4] Cf. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22106
[5] Biblioteca Virtual Luis Ángel Arango.  Derechos de los Empleados Públicos (2003).  Documento sobre el régimen jurídico de los servidores públicos.  Decreto 30.   Bogotá, Colombia.
[6] Cf. http://diamantecali.blogspot.com/2011/01/capitulo-i-derechos-de-los-docentes-y.html
[7] http://www.sigpad.gov.co/sigpad/archivos/GPEGRColombia.pdf
[8] Respuesta Integral de Orientación Escolar.  Alcaldía Mayor de Bogotá. Proyecto 900 de educación para la ciudadanía y la convivencia. P. 18.
[9] Convenio interadministrativo 3042 de 2013.
[10] http://www.educacionbogota.edu.co/index.php?option=com_content&view=article&id=1666:salud-mental-escolar&catid=49&Itemid=280
[11] http://books.google.com.co/books?id=HgnNryZJErsC&pg=PA79&lpg=PA79&dq=diccionario+de+pedagog%C3%ADa%2Bformaci%C3%B3n&source=bl&ots=avJ7aHp1WF&sig=_Em9hcb6Q07gMiZyEqSBJ7zyb94&hl=es-419&sa=X&ei=H9sgVI-5B8iUgwT4xoCQAg&ved=0CC0Q6AEwAQ#v=onepage&q=diccionario%20de%20pedagog%C3%ADa%2Bformaci%C3%B3n&f=false
[12] http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-177283_recurso_1.pdf
[13] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO Dirección de Participación Sistema de Participación 2013
[14] http://www.asociacionaccent.com/informa/_textosdeestudio/text_habilidades_sociales_conflicto.pdf
[15] http://www.sedbogota.edu.co/archivos/Temas%20estrategicos/Inspeccion/2012/abril/orientaciones%20sobre%20manuales%20de%20convivencia.pdf
[16]Secretaria de Educación Distrital de Bogotá y Plan Decenal de Educación
[17]Manual de Convivencia Colegio San José I.E.D.
[18] http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur//normas/Norma1.jsp?i=23953





 [UdW1]1075 de 2015


 [UdW2]No se entiende, muy desdibujado


 [UdW3]Esto no debe estar en el manual, lo debe manejar algún miembro del comité de convivencia preferible el presidente
Con nombre de la persona de la entidad que atiende el colegio.